grado
Núm. 5
Sábado 5 de enero de 2013
Sec. I. Pág. 696
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
153
Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por laque se determina el régimen
aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de
airsoft y paintball.
Las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball se vienendesarrollando en el
territorio nacional desde hace aproximadamente dos décadas, con un considerable auge
en los últimos años, que ha llevado a su difusión a lo largo de toda la geografía española,en paralelo a un crecimiento y desarrollo internacional de las modalidades de juego y de
las armas a utilizar.
En las citadas actividades se emplean armas que mediante muelle, resorte, aire o gascomprimido con una energía cinética en boca no superior a los 3,5 ó 16 julios, según los
casos, disparan material a base de polímeros biodegradables. Algunos de estos
proyectiles pueden contenerlíquidos o geles en su interior.
Si bien determinadas armas utilizadas en las señaladas actividades presentan
idénticas características a aquéllas de la 4.ª categoría del artículo 3 del Reglamento deArmas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y, por tanto, están
clasificadas como tales, no sucede así con las que disponen de un sistema de disparo
automático o son accionadas pormuelle o resorte. Éstas últimas no se hallan
comprendidas específicamente en ninguna de las categorías del citado artículo.
El apartado a) de la Disposición Final Tercera del Real Decreto 137/1993,de 29 de
enero, habilita a que mediante Órdenes del Ministro del Interior, dictadas a propuesta de la
Dirección General de la Guardia Civil, previo informe favorable de la Comisión
InterministerialPermanente de Armas y Explosivos, se podrá determinar, entre los
regímenes comprendidos en el Reglamento de Armas, el aplicable a las armas no
comprendidas específicamente en ninguna de las...
Regístrate para leer el documento completo.