graduabilidad

Páginas: 8 (1778 palabras) Publicado: 2 de junio de 2013
N.° -2012/SUNAT

proyecto de resolución de superintendencia mediante el cual se modifica el reglamento del régimen de gradualidad a fin de incorporar en él la gradualidad aplicable a LAS INFRACCIONES TIPIFICADAS EN LOS NUMERALES 1, 4 Y 5 DEL ARTÍCULO 178° DEL Código tributario

Lima,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Legislativo N.° 1117 se han establecidodiversas modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias, incluyendo las relacionadas a que el Régimen de Incentivos regulado en el artículo 179° del citado código no es de aplicación para las sanciones que imponga la SUNAT por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo 178° de aquel y aque la facultad discrecional de la Administración Tributaria de aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que establezca mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, sólo procederá hasta antes de que se interponga recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal contra las resoluciones que resuelvan la reclamación de resoluciones que establezcan sanciones, deÓrdenes de Pago o Resoluciones de Determinación en los casos que estas últimas estuvieran vinculadas con sanciones de multa aplicadas;

Que mediante la Resolución de Superintendencia N.° 063-2007/SUNAT se aprobó el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario;

Que conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del DecretoLegislativo N.° 1117 las modificaciones en él establecidas respecto de los artículos 166° y 179° del Código Tributario entraran en vigencia el 6 de agosto de 2012;

Que teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario a fin de incorporar en él la gradualidadaplicable a las multas por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo 178° del citado código;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 166° del Código Tributario, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de laSUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y norma modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Objeto

La presente Resolución tiene por finalidad incorporar al Régimen de Gradualidad establecido en el Reglamento aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 063-2007/SUNAT la gradualidad aplicable a las sanciones por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 delartículo 178° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias.

Artículo 2°.- Definiciones

Para efectos de la presente resolución se entenderá por:

a)
Código Tributario
:
Al Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias.

b)
Reglamento del Régimende Gradualidad
:
Al Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 063-2007/SUNAT y norma modificatoria.

c)
SUNAT
:
A la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.




Artículo 3°.- De los criterios de gradualidad aplicables a las infracciones tipificadas en losnumerales 1, 4 y 5 del artículo 178° del Código Tributario.

Sustitúyase los artículos 11° y 12° del Reglamento del Régimen de Gradualidad por los siguientes textos:

“Artículo 11°.- Infracciones no vinculadas a la emisión y/u otorgamiento de comprobantes de pago

El presente capítulo se aplicará a las sanciones correspondientes a las infracciones señaladas en el Anexo I y a las sanciones...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS