Guia de video vigilancia
de
Videovigilancia
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GUíA
de Videovigilancia
GUíA de Videovigilancia
indice
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10 10 11 12 15 17 17 19 19 21 22 24 25 27 28 28 28 31 33
INTRODUCCIÓN CUÁNDO DEBEN APLICARSE LAS NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS A LOS TRATAMIENTOS DEIMÁGENES CÓMO DEBEN TRATARSE LAS IMÁGENES CAPTACIÓN Y TRATAMIENTO DE IMÁGENES CON FINES DE SEGURIDAD
OBLIGACIONES INSCRIPCIÓN DE FICHEROS DEBER DE INFORMAR CONTRATO DE ACCESO A LOS DATOS POR CUENTA DE TERCEROS MEDIDAS DE SEGURIDAD CANCELACIÓN DE OFICIO DE LAS IMÁGENES EMPRESAS DE SEGURIDAD SUPUESTOS ESPECÍFICOS ACCESO A EDIFICIOS Y SALAS DE JUEGO ENTIDADES FINANCIERAS CÁMARAS CON ACCESO A LA VÍAPÚBLICA CÁMARAS CONECTADAS A INTERNET ENTORNOS ESCOLARES Y MENORES ESPACIOS PÚBLICOS DE USO PRIVADO TAXIS OTROS USOS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD VIDEOCÁMARAS DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD VIDEOCÁMARAS CON FINES DE CONTROL DE TRÁFICO ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS
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USO DE VIDEOCÁMARAS CON FINES DE CONTROL EMPRESARIAL OTROS TRATAMIENTOS
TRATAMIENTOS EN ENTORNOS ESCOLARES CONFINES DISTINTOS DE LA SEGURIDAD VIDEOPORTEROS INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y USOS AFINES PROMOCIÓN TURÍSTICA Y FINALIDADES RELACIONADAS REGLAS GENERALES
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DERECHOS DE LAS PERSONAS RECOMENDACIONES PREGUNTAS FRECUENTES
INTRODUCCIÓN
La captación y/o el tratamiento de imágenes con fines de vigilancia es una práctica muy extendida en nuestra sociedad. La videovigilancia generalmentepersigue garantizar la seguridad de los bienes y las personas o se utiliza en entornos empresariales con la finalidad de verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales. Ambas finalidades constituyen bienes valiosos dignos de protección jurídica, pero sometidos al cumplimiento de ciertas condiciones. La utilización de medios técnicos para la vigilancia repercutesobre los derechos de las personas lo que obliga a fijar garantías. La videovigilancia permite la captación, y en su caso la grabación, de información personal en forma de imágenes. Cuando su uso afecta a personas identificadas o identificables esta información constituye un dato de carácter personal a efectos de la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de los datosde carácter personal (LOPD). La aplicación de la Ley Orgánica a estos sistemas plantea cierto grado de dificultad en todos los ámbitos. Por una parte, el responsable debe ser capaz de identificar si el uso que hace de las videocámaras se encuentra sujeto a la Ley. Por otra, resulta complejo informar al titular de los datos y hacerlo con criterios homogéneos, comprensibles y fácilmenteidentificables.
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Sin embargo, a diferencia de la videovigilancia desarrollada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que cuenta con legislación específica que la regula, la única regulación existente en el ámbito privado, la Ley 23/1992 de 30 de julio, de Seguridad Privada no contiene indicaciones precisas en materia de protección de datos. Y es evidente, y así lo ha subrayado en distintas sentenciasel Tribunal Constitucional, que la videovigilancia es un medio particularmente invasivo y por ello resulta necesaria tanto la concurrencia de condiciones que legitimen los tratamientos, como la definición de los principios y garantías que deben aplicarse. Por todo ello, y con la finalidad de adecuar estos tratamientos a la ley Orgánica 15/ 1999 se dictó la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre,de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras. Pero junto a la videovigilancia, vinculada a la seguridad o al control laboral, surgen nuevos usos y servicios basados en la captación y el tratamiento de imágenes registradas por videocámaras o webcams. En los casos en los que estas...
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