Guia dominio publico
Por Beatriz Busaniche bea@vialibre.org.ar
Este trabajo tiene como objetivo facilitar la difusión de obras en dominio público en Argentina, y está orientado, especialmente, a todas aquellas personas e instituciones que emprendan proyectos de digitalización de acervos culturales y especialmente para quienes contribuyen en proyectos de cultura libre como Wikimedia Commons, el repositorio multimedia libre de los proyectos Wikimedia. El ingreso de una obra en dominio público habilita su uso, adaptación, traducción y distribución sin necesidad de pedir permiso. En Argentina, además, existe lo que se conoce como dominio público pagante u oneroso, por lo que la explotación de obras del dominio público implica el pago de un tributo que se destina al Fondo Nacional de las Artes.
Vigencia y alcance de los derechos de los titulares según el tipo de obra
Derechos de autor de personas físicas
Los derechos de autor en argentina tienen una duración de 70 años a partir de la muerte del autor. “La propiedad intelectual sobre sus obras corresponde a los autores durante su vida y a sus herederos o derechohabitenes hasta setenta años contados a partir del 1ro. De enero del año siguiente al de la muerte del autor” (art. 5, ley 11723. Actualizado por la ley 24.870 art. 1ro. De 1997) Corresponden derechos de “propiedad intelectual”2 en Argentina, según el art. 4to. De la ley 11723 a: “a) el autor de la obra b) sus herederos o derechohabientesc) los que con permiso del autor la traducen, refunden, adaptan, modifican o transportan sobre la nueva obra intelectual resultante d) Las personas físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un programa de computación hubiesen producido un programa de computación en el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en contrario.” (inciso incluido por ley 25.036 art. 2do. Del año 1998). Entonces, las obras originales de autor entran en dominio público 70 años contados a partir del
1 © Beatriz Busaniche (2010). Esta guía se distribuye bajo una licencia Creative Commons, Atribución, Compartir obras derivadas igual de Argentina. Para más información visite http://creativecommons.org/licenses/by sa/3.0/deed.es_AR 2 El uso de la expresión “Propiedad Intelectual” obedece exclusivamente a que ese es el nombre que lleva y utiliza la legislación vigente en la República Argentina.
1ro. De enero del año siguiente a la muerte del autor.
Derechos sobre obras derivadas
Los traductores, adaptadores y otros autores de obras derivadas generan nuevos derechos que prescriben en igual plazo que los derechos de autor de personas físicas. Cuando los autores de obras derivadas realicen su trabajo sobre obras originales ya en dominio público, sólo podrán reclamar derechos sobre su obra derivada y no podrán oponerse a que otros realicen otras traducciones, adaptaciones y obras derivadas de aquellas obras originales en dominio público. “El titular de un derecho de traducción tiene sobre ella el derecho de propiedad en las condiciones convenidas con el autor, siempre que los contratos de traducción se inscriban en el Registro Nacional de Propiedad Intelectual dentro del año de la publicación de la obra traducida” (art. 23, ley 11723) Si no existe autorización para la traducción de una obra en dominio privado, no nace de este acto un derecho de autor del traductor (Emery, 2009) “El traductor de una obra que no pertenece al dominio privado sólo tiene propiedad sobre su versión y no podrá oponerse a que otros la traduzcan de nuevo”(art. 24, ley 11723) “El que adapte, transporte, modifique o parodie una obra con autorización del autor, tiene sobre su adaptación, transporte, modificción o parodia, el derecho de coautor, salvo convenio en contrario” (art. 25, ley 11723) “El que adapte, transporte, modifique o parodie una obra que no pertenece al dominio ...
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