Guia para abrir un negocio
CÁMARA DE COMERCIO DE COSTA RICA
La Cámara de Comercio de Costa Rica por medio del departamento de asesoría técnica pone a
disposición la siguiente guía básica, en la cual se explica de una manera sintetizada los trámites
básicos para la instalación formal de empresas en Costa Rica.
Para cada trámite se presenta su descripción y otros aspectos considerados relevantes. Este
documento es una síntesis del que se encuentra en la página Web
http://www.tramites.go.cr/manual, la cual permite accesar la legislación y reglamentación
completa.
El procedimiento que se debe de realizar con el fin de abrir un negocio en el país consta de
nueve pasos. Claramente esto está sujeto a que los productos que se pretende comercializar
mantengan estándares básicos y de las características propias de cada empresa.
PASO 1: INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA ANTE EL REGISTRO NACIONAL
La empresa puede operar bajo dos opciones como persona física (cédula o pasaporte) o como
persona jurídica, la cual se explica a continuación;
1.Inscripción de la empresa como persona jurídica (domiciliada en Costa Rica)
La empresa puede optar por inscribir a su empresa como una sociedad anónima, de
responsabilidad limitada, como comandita simple o sociedad en nombre colectivo,
dependiendo de las características propias de la empresa.
Se debe de presentar una escritura pública ante el Registro Mercantil, con el fin de registrarla y obtener un número de identificación (cédula jurídica). Se debe de constituir
ante un notario una escritura pública, conforme con los requisitos del Artículo 18 del
Código de Comercio, la cual solicita la expedición de la cédula jurídica. Para constituir la
sociedad deben comparecer como mínimo dos personas.
Es responsabilidad del notario que elabora la escritura, previo a su elaboración o al
menos antes de su presentación al Registro:
a. Verificar que no esté ya inscrito el nombre propuesto para la sociedad.
b. Hacer un estudio de registro para los casos en que se aporten bienes muebles o
inmuebles registrables como parte del capital social.
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GUÍA BÁSICA PARA ABRIR UN NEGOCIO
CÁMARA DE COMERCIO DE COSTA RICA
c.Publicar en el Diario Oficial La Gaceta (Imprenta Nacional), el edicto de síntesis de la
constitución de la sociedad.
d. Pagar en el Banco de Costa Rica o en las agencias o sucursales en todo el país, los
timbres o derechos de registro, según el Artículo 2 de la Ley de Aranceles del
Registro Público.
e. Completos los requisitos a, b, c, y d debe presentarse al Registro Mercantil, la
escritura pública, el comprobante del pago de timbres y la razón notarial que indique
que el edicto fue enviado a publicar, señalando el número de la boleta que la
Imprenta Nacional emitió como constancia.
Los pasos a y b deben ser realizados por un notario. Los pasos c, d y e (en lo referente a
la presentación en el Registro) pueden ser realizados por el notario o bien por el
interesado. La duración de este proceso oscila entre los 15 a 30 días. No existe plazo
legal establecido para este trámite.
2. Inscripción de la empresa como una sucursal de una sociedad domiciliada en el
extranjero
Cuando corresponda, se puede optar por crear una sucursal de una sociedad, o designar un apoderado. Para la constitución de la sucursal y/o nombramiento de un apoderado
en el país, en la escritura pública deben contemplarse los requisitos de los Artículos 226
y 232 del Código de Comercio.
El pago de los derechos de inscripción y la duración del proceso sigue el mismo criterio
que para la constitución de una sociedad mercantil con domicilio en Costa Rica. ...
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