Habilitatorio

Páginas: 8 (1921 palabras) Publicado: 20 de agosto de 2014
Ley de habilitación de Centros Culturales y Sociales

Artículo 1°.- Incorpórase al Código de Habilitaciones y Verificaciones en la Sección 9 “De la Sanidad, Educación y Cultura” el Capítulo 9.6 "Centros Culturales y Sociales".

Artículo 2°.- Denominación.
Denomínase Centro Cultural y Social al establecimiento cuya capacidad máxima es de 500 personas, en los que se desarrolle cualquierrepresentación manifestada artísticamente a través de los distintos lenguajes artísticos creados, que constituya un espectáculo y/o una obra de arte, que sea desarrollada por intérpretes en forma directa y/o presencial, compartiendo un espacio común con los espectadores, así como cualquier manifestación tangible o intangible del arte y/o de la cultura.
En dicho establecimiento pueden realizarse,además, ensayos, seminarios, talleres, clases y/o cualquier actividad de carácter educativa y formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la cultura. Dichas actividades pueden ser realizadas en cualquier parte del establecimiento.

A los efectos de la presente Ley se entiende por:

Centro Cultural y Social "Clase A" hasta ochenta (80) espectadores.
CentroCultural y Social "Clase B" desde ochenta y uno (81) a ciento cincuenta (150) espectadores.
Centro Cultural y Social "Clase C" desde ciento cincuenta y una (151) a doscientas cincuenta (250) espectadores.
Centro Cultural y Social "Clase D" desde doscientas cincuenta y una (251) hasta quinientas (500) espectadores.


Artículo 3°.- Capacidad.
La capacidad máxima del establecimiento no podrásuperar los 500 espectadores, no pudiendo ser la superficie de piso mayor a los 500 m2. La capacidad máxima será establecida a razón de 0,40 m2 por personas. Se exceptúa para el cálculo sectores de ingreso y egreso, pasillos de circulación y sectores de trabajo y de servicio.

Artículo 4°.- Compatibilidades.
Son compatibles con el Centro Cultural y Social los siguientes usos: café, bar,restaurant, venta de libros y discos, galerías de comercio, de arte, salones de exposiciones, de conferencias, clubes, instituciones culturales, instituciones educativas y/o sociales, y todo local que sea utilizado como manifestación de arte y/o cultura. Por lo tanto, dichos usos pueden coexistir en un mismo edificio o predio y estar comunicados.

Artículo 5°.- Planos.
Deben ser presentados conforme alo dispuesto en el artículo 2.1.4 del Código de Habilitaciones y Verificaciones y deben consignar además: el mobiliario de uso habitual, la capacidad total de espectadores del establecimiento y los medios de egreso. Siempre que se mantengan los pasillos y medios de egreso, el titular de la habilitación podrá modificar la diagramación del Centro Cultural y Social, respetando la capacidad otorgada.Los Centros Culturales y Sociales quedan autorizados para funcionar con la iniciación del trámite habilitación, con sujeción a lo que se resuelva oportunamente.


Artículo 6°.- Mesas y Sillas /Mobiliario.
Las mesas y sillas serán distribuidas al arbitrio del Centro Cultural y Social, con la condición de que existan pasillos libres de 1 (un) metro de ancho como mínimo, quedando prohibida lacolocación de objetos que impidan el libre tránsito. La obligatoriedad de disponer para cada función las mesas y sillas móviles, cumplimentando el ancho de pasillos y la reserva de espacios para discapacitados, recaerá sobre el responsable del Centro Cultural y Social y deberá ajustarse a lo exigido en el Código de Edificación.

Artículo 7°.- Escenario.
El escenario, en caso de que lo hubiera,puede ser fijo o movible y deberá estar aprobado por un profesional responsable por intermedio de una nota avalado por su Colegio respectivo.

Artículo 8°.- Vestuarios o Guardarropas.
No será obligatoria la existencia de dicho servicio para el funcionamiento de la actividad. En el caso de contar con los mismos, deberán cumplir con las características constructivas exigidas en el Código de...
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