“Hacia un derecho procesal de amparo en materia ambiental”
MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL
Y AMPARO
Reseña de la lectura:
“HACIA UN DERECHO PROCESAL DE AMPARO EN MATERIA AMBIENTAL”
Dr. José Ángel Méndez Rivera.
ALUMNO: LIC. VITALINA ALCARAZ TORRES
Reseña de la lectura:
“HACIA UN DERECHO PROCESAL DE AMPARO EN MATERIA AMBIENTAL”
Dr. José Ángel Méndez Rivera
INTRODUCCIÓN
La actual Ley deAmparo consagra los principios y bases generales del juicio de amparo, y entre otros, el de la relatividad de las sentencias de amparo, mejor conocido como “fórmula Otero”, que establece que “la sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto dela ley o acto que la motivare” Lo que significa que la protección de la justifica federal sólo tiene efectos respecto del quejoso y no así de cualquier otra persona física o moral, que no haya sido el solicitante del amparo, y significa que es cosa juzgada para un caso determinado, sin producir consecuencias en otros asuntos similares ni respecto de cualquier afectado por la ley o el acto materiadel caso concreto, beneficiando exclusivamente a quien lo solicitó y obtuvo el amparo. Según lo escribió la Magistrada del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, María de los Ángeles Eduwiges Chavira Martínez .
Por tanto, el Maestro José Ángel Méndez Rivera, en su obra, destaca el derecho superior de todo ser humano a un medio ambiente adecuado, el interés públicotutelado por el derecho colectivo, bajo el argumento que pueden existir grupos de personas con intereses públicos lesionados que merecen la protección constitucional.
DESARROLLO
En 1972, en una Conferencia de las Naciones Unidas, proclamaron que el hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, igualdad y a disfrutar de las condiciones de una vida adecuada en un medio ambiente de calidad, allevar una vida digna y gozar de bienestar, por ello tiene el deber de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. A esta declaración le siguió la de Río de Janeiro en 1992, la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos en 1981, el Protocolo de San Salvador en 1988, el Convenio sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública en la tomade decisiones y el Acceso a la Justicia en cuestiones Medioambientales. La Convención sobre la Diversidad Biológica de 1992, la de Marco de las Naciones Unidas cobre el Cambio Climático del mismo año, todas éstas y mas han declarado y reiterado que toda persona tiene el derecho a vivir en un medio ambiente adecuado para garantizar su salud y bienestar.
El interés difuso en materia ambiental.Existen intereses que importan a la sociedad en su conjunto, conocidos como “transindividuales generales”, que se refieren a toda la comunidad o a un grupo con mayor o menor cohesión en función a su interés. La titularidad es difusa por que no hay un vínculo directo entre una persona y ese tipo de intereses, razón por la cual a nadie se atribuyen en particular.
Derechos Públicos Subjetivosen el Medio Ambiente.
La acción pública tiene como función la de provocar la regularidad administrativa, está al margen de toda confrontación: sólo trata de hacer efectivo el interés de la sociedad.
Existe una corriente doctrinaria que sostiene que el punto de partida para legitimar la acción es pertenecer a un grupo social definido para actuar en su representación, es decir, que basta conprobar la lesión a un interés público del grupo, para proteger los intereses difusos. Para esta doctrina no es necesario que el particular afectado, miembro de un grupo colectivo, deba tener una afectación económica concreta y probada para que sea procedente la acción de clase. No cabe considerar la legitimación del afectado como individual, directa, exclusiva. Si un agresor contamina el...
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