Hacienda pública municipal
Conceptualización
La hacienda municipal resulta de una gran importancia económica, ya que la cantidad de bienes patrimoniales y recursos financieros con lo que cuente o pueda contar un gobierno municipal, en un momento dado, reflejan las posibilidades de promover y realizar proyectos de desarrollo en los diferentes campos de la economía local,según las características propias de cada municipio, región y entidad federativa. (p. 80)
Expresión de Hacienda Pública en diversos aspectos:
• Conjunto de recursos financieros y patrimoniales de que dispone el gobierno municipal para la realización de sus fines. Los recursos patrimoniales, están integrados por los bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio y lo rendimientos y/outilidades que éstos producen. Los recursos financieros se integran por lo ingresos fiscales establecidos en la ley, así como los provenientes de créditos o empréstitos concedidos a los ayuntamientos.
• A las funciones, sistemas y procedimientos necesarios para la planeación y control de los ingresos y egresos municipales.
• A las áreas de la administración pública municipal encargadasde desarrollar tales funciones.
La política hacendaria es el conjunto de lineamientos que norma la administración de los ingresos y egresos municipales. Deben responder a consideraciones de índole económica, política, social, tecnológica y de participación social.
A la hacienda pública municipal le competen las siguientes funciones, que constituyen los elementos esenciales de la actividadfinanciera pública:
Ingresos
Egresos
Deuda pública
Patrimonio
Cuenta pública (Ley de Contabilidad Gubernamental)
Marco Jurídico-Normativo
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano
Título Quinto
De los Estados de la Federación y del Distrito Federal
Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular,teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre
Fracción IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor…
Constitución Política del Estado de JaliscoTituló Quinto
Capítulo III “DE LA HACIENDA Y DEL PATRIMONIO MUNICIPAL”
Artículo 88.- Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que el Congreso establezca a su favor y, en todo caso, con:
I. Las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, incluyendo tasasadicionales que establezca el Congreso, de su fraccionamiento, división, consolidación, translación y mejora.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado, para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de estas contribuciones;
II. Las participaciones federales y estatales que correspondan a los municipios, con arreglo a las bases,montos y plazos que anualmente se determinen por el Congreso del Estado; y
III. Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
El patrimonio municipal se compondrá con los bienes de dominio público y los bienes de dominio privado, de conformidad con lo que establezca la ley de la materia.
Artículo 89. El Congreso del Estado aprobará las leyes de ingresos de losmunicipios y revisará y fiscalizará las cuentas públicas municipales, en los términos de lo dispuesto por esta Constitución y las leyes que de ella emanen. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles y en las reglas establecidas en las leyes municipales respectivas.
Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios a favor de...
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