Hecho Imponible
Para Sáinz de Bujanda," el hecho generador o hecho imponible es "un conjunto de Circunstancias hipotéticas previstas en la norma y cuya realización provoca el nacimiento de laobligación tributaria concreta”. Nuestro Código Orgánico en su articulo 36 lo define el hecho generador o hecho imponible como "el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo ycuya realización origina el nacimiento de la obligación”. ¿Cuál obligación? La obligación tributaria. El Código Orgánico Tributario acoge la denominación de hecho imponible, ya que el mismo no essino una versión un poco corregida del modelo de Código Tributario para América Latina.
¿Que podemos decir que son generadores de hechos imponibles? A todas las actividades, negocios jurídicos uoperaciones tales como:
1. La venta de bienes muebles corporales, incluida la de partes alícuotas en los derechos de propiedad sobre ellos; así como el retiro o desincorporación de bienesmuebles realizados por los contribuyentes de este impuesto.
2. La importación definitiva de bienes muebles.
3. La prestación a título oneroso de servicios independientes ejecutados o aprovechados enel país, incluyendo aquellos que provengan del exterior.
4. La venta de exportación de bienes muebles corporales.
5. La exportación de servicios.
De todo esto podemos decir que el hechoimponible, es la situación económica o jurídica en virtud de la cual la ley obliga a tributar, pueden ser tres aspectos: obtener renta, tener patrimonio o consumir.
Hecho imponible ocurrido
Según elarticulo 37 Se considera ocurrido el hecho imponible y existentes sus resultados:
1. En las situaciones de hecho, desde el momento que se hayan realizado las circunstancias materiales necesariaspara que produzcan los efectos que normalmente les corresponden.
2. En las situaciones jurídicas, desde el momento en que estén definitivamente constituidas de conformidad con el derecho...
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