Historia de colombia
Referencia: expediente D-5279
Demandante: Andrés Salcedo Galán
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 5°, 18 y 20 de la Ley 842 de 2003
Magistrado ponente
Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil cinco (2005)
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y delos requisitos y de los trámites establecidos en el decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente,
SENTENCIA
I. ANTECEDENTES
En ejercicio de la acción pública consagrada en el artículo 241 de la Constitución, el ciudadano Andrés Salcedo Galán solicitó a esta Corporación que declare inexequible los artículos 5°, 18 y 20 de la Ley 842 de 2003.
II. NORMA DEMANDADA
A continuación setranscribe el texto de la norma acusada, resaltando la parte demandada:
LEY NÚMERO 842 DE 2003
(Octubre 9)
“Por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares, se adopta el Código de ética profesional y se dictan otras disposiciones”
Artículo 5º— Ampliación de la clasificación nacional de ocupaciones. Entodo caso, el Consejo profesional nacional de ingeniería, Copnia, podrá ampliar el alcance de las actividades a que se refiere la clasificación nacional de ocupaciones en los subgrupos 02 y 03 o norma que la sustituya o reforme, de acuerdo con las nuevas modalidades de los programas y títulos académicos en ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares que se presenten en el país.
(…)Artículo 18— Dirección de labores de ingeniería. Todo trabajo relacionado con el ejercicio de la ingeniería, deberá ser dirigido por un ingeniero inscrito en el registro profesional de ingeniería y con tarjeta de matrícula profesional en la rama respectiva.
Parágrafo—Cuando la obra se trate de aquellas a las que se refiere la Ley 400 de 1997, además de los requisitos establecidos en la presente ley,se deberá cumplir con los establecidos en tal régimen o en la norma que lo sustituya, so pena de incurrir en las sanciones previstas por violación del código de ética y el correcto ejercicio de la profesión.
(…)
Artículo 20— Propuestas y contratos. Las propuestas que se formulen en las licitaciones y concursos abiertos por entidades públicas del orden nacional, seccional o local, para laadjudicación de contratos cuyo objeto implique el desarrollo de las actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, deberán estar avalados, en todo caso, cuando menos, por un ingeniero inscrito y con tarjeta de matrícula profesional en la respectiva rama de la ingeniería.
En los contratos que se celebren como resultado de la licitación o del concurso, los contratistas tendrán laobligación de encomendar los estudios, la dirección técnica, la ejecución de los trabajos o la interventoría, a profesionales inscritos en el registro profesional de ingeniería, acreditados con la tarjeta de matrícula profesional o, excepcionalmente, con la constancia o certificado de su vigencia.
Parágrafo—Lo dispuesto en este artículo se aplicará en todas sus partes, tanto a las propuestas quese presenten, como a los contratos de igual naturaleza y que, con el mismo objetivo, se celebren con las sociedades de economía mixta y con los establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales del orden nacional, departamental, distrital o municipal y aquellas descentralizadas por servicios.
III. LA DEMANDA
Andrés Salcedo Galán presentó acción de inconstitucionalidad el 16 dejunio de 2004 contra los artículos 5°, 18 y 20 de la Ley 842 de 2003, por considerar que estos desconocen la libertad de escoger y ejercer profesión u oficio.
1. Para el demandante el artículo 5° de la Ley 842 de 2003, “(…) al describir las actividades que corresponden al ejercicio profesional de la ingeniería, incluye dentro de éstas el desarrollo de las tareas o actividades de las...
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