historia de mexico indiano
1.- De acuerdo con lodispuesto por el Artículo 18 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, la Comisión no podrá conocer de: Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales; resolucionesde carácter jurisdiccional; conflictos de carácter laboral; consultas formuladas por autoridades, particulares u otras entidades respecto de la interpretación de disposiciones constitucionales y otrosordenamientos jurídicos.
2.- No es necesario contar con un abogado o representante profesional ajeno a esta Comisión para presentar quejas
3.- Los servicios de esta Comisión no tienen costo alguno.Registro de la(s) Queja(s)
Al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
Doctora Perla Gómez Gallardo
Bajo protesta de decir verdad, solicito la intervención de laCDHDF por considerar que la queja que formulo es de su competencia.
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema Integral de Atención e Información de Usuariosy Usuarias de los Servicios del Programa de Defensa de la CDHDF, el cual tiene su fundamento en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 12fracciones V y VI, 36 y 38 fracción I, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; artículos 5, 7, 8, 9, 11, 13, 14 y 15 de la Ley de Protección de DatosPersonales para el Distrito Federal; artículos 30 fracción VI, 31, 32, 33, 34, 35 fracción VI, 37, 38 y 40 de la Ley de Archivos del Distrito Federal; artículos 5 y 51 de la Ley de la Comisión de...
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