historia de venezuela
El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización
social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su
hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan, y que
son necesarias para desarrollar y garantizar
sus formas de vida… Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural,
cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto...
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y promover sus propias prácticas
económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio; sus actividades productivas tradicionales, su participación en la economía nacional y a definir sus prioridades...
Artículos 119, 121 y 123 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Durante el período que corresponde a este Informe, la temática referida a los derechos de los
pueblos indios de Venezuela cobró vigencia en la opinión pública, sobre todo durante el proceso constituyente, cuando este debate se hizo relevante y los derechos de estos pueblos
fueron incluidos como un capítulo especial dentro de la nueva Carta Magna. A pesar de esto, la
falta de desarrollo de la normativa constitucional y de voluntad política para garantizar estos
derechos de manera coherente y coordinada como una política de Estado, sigue reflejándose
en la desmejora de sus condiciones médicosanitarias, en la degradación de su ambiente y en el irrespeto a su derecho a la participación y a las formas autónomas de organización social y
política, es decir a la autodeterminación. Este último derecho se vio especialmente vulnerado
en las siguientes luchas de los pueblos indígenas: a) la demanda por la demarcación de su
territorio; b) la protesta de los pueblos Pemón, Akawaio, Arawako y Kariña de la Gran Sabana e Imataca (Edo. Bolívar) contra el tendido eléctrico a Brasil y por la anulación definitiva del
Decreto 1850 que abre la Reserva Forestal Imataca a la actividad minera; c) la lucha del pueblo
Pemón de la Gran Sabana por el respeto a los lugares y monumentos sagrados; d) la protesta
del pueblo Yukpa y Barí (Edo. Zulia) contra las carboneras; e) el rechazo del pueblo Warao del Delta del Orinoco (Edo. Delta Amacuro) a la actividad petrolera por la amenaza que implica
para sus condiciones de vida; y f) el reclamo de los pueblos indígenas de Amazonas (Edo.
Amazonas) por el derecho a la información y consulta cuando se pretenda hacer uso de
recursos genéticos en sus territorios.
Cada una de estas luchas reflejan una contradicción: por un lado sus protagonistas son los habitantes originarios del territorio nacional antes de haberse conformado el EstadoNación,
razón de más para que sus derechos sean respetados y oídas sus reivindicaciones; por otro
lado, se encuentran marginados política, legal y geográficamente, se les priva del derecho al
usufructo de sus más valiosos recursos, como los son el aire, la tierra y el agua limpios, negándosele de esta manera el derecho a la vida misma. En última instancia, las demandas de
estos pueblos por el reconocimiento de sus territorios y autodeterminación y el resurgimiento
de protestas de índole cultural, representan una lucha por su sobrevivencia y una protesta
contra el neocolonialismo y la modernidad homogeneizante. Lejos de aspirar a vivir en el pasado, estos pueblos reclaman el pleno derecho sobre sus territorios y recursos en nombre de
un próspero presente al que tienen derecho para vivir en su cultura, desarrollarla y fortalecerla.
Avances y límites en la normativa legal
Tal como lo indicáramos anteriormente, evaluar la situación de los derechos de los pueblos
indígenas en Venezuela durante este período, remite inevitablemente al proceso constituyente. ...
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