historia del transporte
Transporte internacional por carretera
Artículo 19°.- A los efectos del presente Capítulo, se entiende por:
1. Transporte terrestre con tráfico bilateral a través de frontera común: el tráfico realizado entre dos países signatarios limítrofes.
2. Transporte terrestre con tráfico bilateral, con tránsito por terceros países signatarios: el realizado entre dos países signatarioscon tránsito por terceros países signatarios, sin efectuar en éstos tráfico local alguno, permitiéndose solamente las operaciones de transbordo en estaciones de transferencias, expresamente autorizadas por los países signatarios.
3. Transporte terrestre con tráfico en tránsito hacia terceros países no signatarios: el realizado por un país signatario con destino a otro que no sea signatario delAcuerdo, con tránsito por terceros países signatarios, con la misma modalidad que la definida en el párrafo 2 del presente artículo.
4. Empresa: todo transportador autorizado por su país de origen para realizar tráfico internacional terrestre, en los términos del presente Acuerdo; el término transportador comprende toda persona natural o jurídica incluyendo cooperativas, o similares que ofrecenservicios de transporte a título oneroso.
5. Vehículo: artefacto, con los elementos que constituyen el equipo normal para el transporte, destinado a transportar personas o bienes por carretera, mediante tracción propia o susceptible de ser remolcado.
6. Vinculación por carretera: corresponde a las conexiones directas por caminos sin solución de continuidad y la conexión de carreteras, porpuentes, balsas, transbordadores y túneles.
7. Transporte de pasajeros: el realizado por empresas autorizadas en los términos del presente Acuerdo, para trasladar personas, en forma regular u ocasional, entre dos o más países.
Ver normativa vinculada
8. Transporte de carga: el realizado por empresas autorizadas en los términos del presente Acuerdo, para trasladar cargas, en forma regular uocasional, entre dos o más países.
9. Transporte propio: el realizado por las empresas cuyo giro comercial no es el transporte de cargas contra retribución, efectuado con vehículos de su propiedad, aplicado exclusivamente a las cargas que se utilizan para su consumo o a la distribución de sus productos.
10. Equipos: el conjunto de implementos y accesorios instalados en vehículos detransporte de pasajeros o carga, tales como radios, pasa-cassettes, aparatos de radio transmisión, tacógrafos, heladeras, televisores, aparatos de video-cassettes, acondicionadores de aire y calentadores; y otros aparatos necesarios para el desarrollo de la actividad tales como extintores, llantas, cubiertas y cámaras de repuesto, gatos, herramientas, piezas de recambio para emergencias, botiquines,linternas.
11. Vehículos y equipos de apoyo operacional: son aquellos que se utilizan exclusivamente para ejecutar tareas auxiliares al transporte internacional con prohibición de realizar éste, tales como vehículos de auxilio, grúas, montacargas, fajas transportadoras y otros similares.
12. Autotransporte: es la importación o exportación de vehículos que se transportan por sus propios medios.13. Permiso originario: autorización para realizar transporte internacional terrestre en los términos del presente Acuerdo, otorgada por el país con jurisdicción sobre la empresa.
14. Permiso complementario: autorización concedida por el país de destino o de tránsito a aquella empresa que posee permiso originario.
Artículo 20°.- Para establecer servicios de transporte internacional porcarretera y sus modalidades, deberá mediar un acuerdo previo entre los países signatarios. Estos otorgarán los permisos correspondientes con el objeto de hacer efectiva la reciprocidad, independientemente entre las empresas de pasajeros y las de carga.
Artículo 21°.- Cada país signatario otorgará los permisos originarios y complementarios para la realización del transporte bilateral o en tránsito...
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