Historia filosofica
Nosotros, CARLOS ENRIQUE LUNA VALLENILLA, GLAVIR JOSÉ LUNA VALLENILLA Y JOSÉ VIRGILIO LUNA VALLENILLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números 17.214.510,11.656.898 y 12.274.140 respectivamente domiciliados en Cumaná, Estado Sucre, Maturín Estado Monagas y El Tigre Estado Anzoátegui, en nuestro carácter de coherederos, por el presente instrumento,declaramos: Que conferimos Poder Especial, pero amplio y suficiente, cuanto en derecho se requiere a la Ciudadana GLADYS VALLENILLA DE LUNA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº3.423.156, abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el Nº 183.156, quién también es coheredera y domiciliada en Cumaná, para que en nuestro nombre y representación venda los derechos y accionesque nos corresponden en una casa, ubicada en esta ciudad de Cumaná. Dirección: Urbanización Nueva Cumaná, manzana Nº 06, casa Nº 07, calle Nº 05, Parroquia Altagracia. Esta alinderada dentro de lossiguientes linderos y medidas: NORESTE: Con canal de riego, con aproximadamente catorce metros (14 MTS); SURESTE: Con la parcela Nº 08 en veintinueve metros con setenta centímetros (29,70 MTS);SUROESTE: Con la Calle Nº 05, en catorce metros (14 MTS); NOROESTE: Con la parcela Nº 06, en veintinueve metros con cincuenta y cinco centímetros (29,55 MTS). Los aludidos derechos y acciones nospertenecen por haberlos heredado de nuestro legítimo padre, Ciudadano VIRGILIO LUNA, quién murió ab-intestato el 12 de Julio de 2.010 y cuya Declaración Sucesoral consta del Certificado de Solvencia deSucesiones y Donaciones, Providencia Administrativa Nº SCU-72012/117 expediente Nº 043-12 de fecha Dieciséis (16) de Abril de Dos Mil Doce (2.012), emanado del Ministerio del Poder Popular de Planificacióny Finanzas. Servicio Nacional Integrado de Administración Nº SCU-72012/117 expediente Nº 043-12 de fecha Dieciséis (16) de Abril de Dos Mil Doce (2.012) emanada del Ministerio del Poder Popular de...
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