Historia Politica
Los menores de entre 14 y 16 años solo podrán ser ocupados en empresas cuyo titular sea su padre, madre o tutor y en jornadas que no superen las 3 horas diarias siempre que no se trate detareas penosas, peligrosas y/o insalubres, y que cumplan con la asistencia escolar.
No, en todos los casos no, solo pueden laburar menores de entre 14 y 16 años en empresas cuyo titular sea supadre, madre o tutor, como dije en la respuesta anterior, debe ser en jornadas que no superen las 3 horas diarias (15 semanales) y deben estar en tareas y áreas donde no corran ningún riesgo para su salud.No podrá ocuparse a personas de 16 a 18 años en ningún tipo de tareas durante más de 6 horas diarias o 36 semanales.
Para los menores de 16 a 18 años, la distribución desigual de las horaslaborables no podrá superar las 7 horas diarias.
La jornada de laboral de los menores deberá realizarse exclusivamente en horario matutino o vespertino. No se podrá ocupar a personas menores de 18 añosen trabajos nocturnos, entendiéndose como tales el intervalo comprendido entre las 20 y las 6 horas del día siguiente.
La culpa la deben cargar los empleadores, en caso de que el empleador sean lospadres son quienes deben cargar la culpa en caso de accidentes de un menor durante su prestación de servicios.
En líneas generales la edad mínima de admisión al empleo son los 16 años.
Laremuneración debe ser como la de un mayor.
Las personas menores de 18 años gozarán de un período mínimo de licencia anual por vacaciones no inferior a 15 días.
El contrato de aprendizaje tendrá finalidadformativa teórico-práctica, la que será descripta con precisión en un programa adecuado al plazo de duración del contrato.
- Se celebrará por escrito entre un empleador y un joven sin empleo, de...
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