historia e venezuela
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
ALDEA UNIVERSITARIA RAFAEL MARIA VILLASMIL
AMBIENTE INTERNADO JUDICIAL DE TRUJILLO
TRUJILLO ESTADOTRUJILLO
DERECHO
ADMINISTRATIVO
INTEGRANTE:
Delmis Joel Acevedo
CI.: 13.462.448Trujillo, Mayo 2013
Artículo 119
El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social,política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias paradesarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sustierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.
ANALISIS
De acuerdo con este artículo de laconstitución estos pueblos tienen derechos y no se trata solamente del desarrollo de nuevos espacios de inclusión para estas poblaciones históricamente marginada, si no de asumirlos como referenteobligatorio para la constitución, de un estado multiétnico y pluri-cultural es decir.
Estos pueblos son reconocidos por el estado venezolano para garantizar sus derechos de igualdad e inclusión, ya quepor ser anteriormente personas de pocos conocimientos legales eran vulnerables a ser engañados y explotados por el ejecutivo. Gracias a esta nueva ley, hoy en día son respetados, desarrollan ygarantizan sus formas de vida, Tienen derecho a participar en la política del estado, en la economía, a preservar y proteger su agricultura, ganadería, pesca y alfarería, que son maravillosas expresiones...
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