HISTORIA

Páginas: 5 (1071 palabras) Publicado: 8 de agosto de 2013
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Decreto sobre Derechos de Autor

Ministerio de Relaciones Esteriores e Interiores.
El Exmo. Sr. general encargado del supremo poder ejecutivo, se ha servido dirigirme el decreto que sigue:
"José Mariano de Salas, general de brigada y encargado del supremo poder
ejecutivo de los EstadocUnidos mexicanos, á los habitantes de la repítblica,
sabed:
Que considerando quees un deber del gobierno asegurar la propiedad intelectual, asi como la constitucion y las leyes han garantizado la fisica:
Que notoriamente influirán las reglas que para S t o se dicten, en los adelan
tos de la literatura y de las ciencias:
Que en iodo$ Ior paises :i\iI17ado,. lo* trabalos que \on obra del talen10 y de
la i r i ~ r m ~ ~ i han. iiiere~idola protcccion de los gobiernos:
onQue la, niulriplisada$ p u h l i ~ a ~ i o i dc ~
i e pcridicos y otra clase de obras que
hay en la rep(ibli2a. exigcii ya quc se fijen los derechos que cada editor. autor.
uaducior o anisia. adquieren pur tan apreciabla mpauones, como un tertima
NO de que en medio de las atliiii\as cirmnstanciasque rndcanal gobierno. n o d s
mida odictar !as providencias que juzga pueden &r de utilidad á !nacion, y r
a
&
mo una prueba de la consideracion que merecen todos los que mltivan !as artes,
!as ciencias y !as bellas letras, he tenido á bien decretar lo siguiente:
Art. 1. O El autor de cualquiera obra, tiene en ella el derechode propiedad literaria, que consiste en la facultad de publicarla L impedir que otro lo haga.
2 . O Este derecho durará el tiempo de la vida del autor, y muriendoéste, pasaria á su viuda, y de ésta á sus hijos y demas herederos. en su caso, durandoel
espacio de treinta años.

3." El traductor ó anotador de una obra, y la viuda y heredero en su caso, de
acuerdo con el editor, tendrán los mismos derechos; pero éstos no se estenda
rán á otra traduccionú obra que no tenga sus anotaciones.

.-

4." El simple editor de una obra, tendrá propiedadliteraria solo el tiempo
que tarde en publicar su edicion y un ano despues. sin que este derecho se es
tienda á las ediciones estrangeras.
5 . O Los editores no tendrán este derecho en el caso de que el autor de una
obra quiera usar de los que les conceda esta ley.

6 . O Si un mexicano o estrangero residente en la república imprime una obra
en pais estrangero, podrá gozar en México la propiedadliteraria, siempre que
lo manifieste de un modo auténtico al ministerio de instmccion pública, al co.
menzar su publicacion, y cumpla con los requisitos que prescribe el articulo
14.

7 . O Los autores ó traductores dramáticos, ademas de la propiedad literaria,
que como los otros tienen respecto de la publicacion de sus obras, la tendran
también respecto de su ejecucion. y no podrárepresentarse un drama sin preciso y espreso consentimiento del autor ó traductor.

8 . O Muerto el autor, la propiedad pasará á su viuda; faltando ésta, á sus hijos y demas herederos, y durará diez aaos. Lo mismo sucederá muerto el traductor, durante cinco años.
9.O La propiedad literaria de los periódicos, se entenderá respecto de un número entero b de toda la coleccion; mas para que se estienda á cadauno de sus
articulos. será prcci\o que los autores o editores manitiesien claramente su intencion de querer gozar la propiedad Este derecho no tiene lugar cn lo3 p e
riWicos politicos, excepto en la parte literaria. original ó traducida.

10. La nacion tiene la propiedad de todos los manuscritos de los archivos y
oficinas de la federacion, los cuales no podrán publicarse sin consentimientodel gobierno. Por igual razon se requiere el de los prelados de los conventos y
directores de los colegios, para la publicacion de los documentos que poseen,
reservándose el gobierno el mandarlos publicar cuando lo considere conveniente.

m

1 l . Las obras que se publiquen por orden del gobierno, pasarán á ser p r o
piedad comun, cinco anos despues de su publicacion; se exceptúan las...
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