Historia
La Ley 26.773, sancionada por el Congreso de la Nación y promulgada por Decreto 2028 del 25/10/12, revela el abandono -al menos por ahora- del proyecto original del gobierno, tan resistido por las entidades patronales, que comprendía alrededor de 58 artículos, y que tenía como columna vertebral la prevención de los riesgos y el cuidadode la salud del trabajador.
La sanción de esta “ley corta” de sólo 17 artículos, denominada “Régimen de Ordenamiento de la Reparación de los Daños derivados de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, implica que se ha considerado urgente aprobar una normativa referente a reparaciones económicas de los daños ocasionados, en lugar de abordar lo que constituye el núcleo central delproblema: la prevención de los riesgos del trabajo.
No puede soslayarse el hecho de que el mantenimiento de altos niveles de siniestralidad, tanto en nuestro país como en el resto del mundo, obedece a las condiciones de trabajo impuestas por el capitalismo a partir de los 90, que han provocado la precarización e inestabilidad del empleo y el alargamiento de la jornada laboral. Se trata defactores que deben ser combatidos desde las organizaciones sindicales y que requieren una política estatal que aún se revela insuficiente y en muchos casos de nula eficacia. Sin embargo, constituye un dato irrefutable de la realidad que gran parte de los accidentes y enfermedades del trabajo son provocados por el incumplimiento de las normas de seguridad y prevención por parte de las empresas y lasaseguradoras de riesgos del trabajo.
El proyecto deroga varios artículos de la Ley de Riesgos del Trabajo, manteniendo su estructura y lineamientos esenciales. El eje del sistema continúan siendo las ART y las Comisiones Médicas, y las enfermedades profesionales reconocidas continúan siendo sólo aquellas que están incluidas en el listado. Establece la opción excluyente entre la reparación integral ylas prestaciones indemnizatorias del sistema de la LRT.
La ART otorga al trabajador
Prestaciones en especie
a) Asistencia médica y farmacéutica:
b) Prótesis y ortopedia:
c) Rehabilitación;
d) Recalificación profesional; y
e) Servicio funerario.
Prestaciones Dinerarias
gozan de las franquicias y privilegios de los créditos por alimentos. Son, además, irrenunciables y no pueden sercedidas ni enajenadas.
a) Ingreso Base (art. 12)
1. A los efectos de determinar la cuantía de las prestaciones dinerarias se considera ingreso base la cantidad que resulte de dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, devengadas en los DOCE (12) meses anteriores a la primera manifestación invalidante,o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor a UN (1) año, por el número de días corridos comprendidos en el período considerado.
2. El valor mensual del ingreso base resulta de multiplicar la cantidad obtenida según el apartado anterior por 30,4.
Se considera que un trabajador sufre una Incapacidad Laboral Permanente (ILP), cuando el daño producido por el accidente de trabajo o laenfermedad profesional le ocasionó una disminución de su capacidad de trabajo que durará toda su vida.
b) Incapacidad Laboral Permanente Parcial (IPP)
La Incapacidad Laboral Permanente es de grado parcial cuando el porcentaje de incapacidad es menor al 66%.
Prestaciones (art. 14)
1. Producido el cese de la Incapacidad Laboral Temporaria y mientras dure la situación de provisionalidad de laIncapacidad Laboral Permanente Parcial (IPP), el damnificado percibirá una prestación de pago mensual cuya cuantía será igual al valor mensual del ingreso base multiplicado por el porcentaje de incapacidad, además de las asignaciones familiares correspondientes, hasta la declaración del carácter definitivo de la incapacidad.
VMIB x Porcentaje de Incapacidad +Asignaciones Familiares
Esta fórmula...
Regístrate para leer el documento completo.