historias
1. ¿Cómo se inició este conflicto?
Todo comenzó el 16 de enero del 2012. En esa fecha, el Tribunal Constitucional (TC) estimó la demanda de amparo planteada por el entonces postulante a la Fiscalía Suprema Mateo Castañeda Segovia (STC Exp. N° 04944-2011-PA/TC).
El argumento del TC era claro: el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) no había motivado idóneamente lasrazones por las que no se nombró a Castañeda como fiscal supremo, pese a obtener el tercer puesto –de tres vacantes– en el cuadro de méritos del concurso público convocado.
El TC conminó a los consejero a que vuelvan a votar y emitir un acta debidamente motivada, que expliqué con argumentos sólidos los cuestionamientos a la “idoneidad" o falta de “trayectoria personal éticamente irreprochable”de Castañeda.
Varios meses después, el 9 de setiembre del 2013 para ser exactos, y ante la renuencia del CNM a cumplir dicho mandato (por no alcanzar los cinco votos conformes para nombrarlo, tras reiteradas votaciones), el TC –en etapa de ejecución– conminó a los consejeros a decidir entre Mateo Castañeda Segovia o César Hinostroza Pariachi quién debía ocupar la única plaza vacante a FiscalSupremo que existía en ese entonces (STC Exp. N° 01044-2013-PA/TC).
Finalmente, el pasado 30 de abril (STC Exp. N° 00791-2014-PA/TC), ante la persistente violación de los derechos al cumplimiento efectivo y oportuno de resoluciones judiciales y a la cosa juzgada, el TC mediante un recurso de apelación por salto, decidió nombrar a Castañeda Segovia como Fiscal Supremo. Asimismo, anuló losnombramientos de las magistradas Ávalos Rivera y Miraval Gambini, efectuados por el CNM, y como medida de reparación a favor de estas dispuso su reincorporación en plazas presupuestarias que crearía el MEF en coordinación con el Ministerio Público.
2. Las armas de los antagonistas: conducta intachable vs. debida motivación
Consejo Nacional de la Magistratura. Fotografía: La República
ElCNM justificaba su decisión de no nombrar a Castañeda Segovia como fiscal supremo, pese a las reiteradas órdenes del TC, en el hecho de no haber conseguido los cinco votos conformes exigidos por el art. 158 de la Constitución. La razón: los diversos cuestionamientos sobre el “desempeño funcional” de Castañeda Segovia como fiscal superior en el caso “Business Track”, en el que fue denunciadopenalmente.
Dado el “carácter abierto e indeterminado” del contenido de la expresión “trayectoria personal éticamente irreprochable” (que es lo que en el fondo el CNM cuestiona a Castañeda Segovia), lo que hizo el TC fue exigir al CNM que motive adecuadamente las resoluciones por las que lo descalificaba.Esto, sustentaba el TC, evitaría todo actuar arbitrario (subjetividades), disfrazado dediscrecionalidad. No obstante, ¿qué conductas son “éticamente reprochables”? ¿Hasta dónde es exigible motivar una resolución sustentada precisamente en una de estas conductas?
Esta situación llevó a un callejón sin salida al CNM y TC. Por un lado, teníamos los reiterados requerimientos del juez Velázquez Zavaleta (juez ejecutor) y el TC para que el CNM adecue su actuar conforme al derecho a lamotivación; y, por otro, la “contumacia” de este último con frases desafiantes como: “el mandato del juez constituye un imposible jurídico y fáctico para ejecutar, (…) por la exigencia constitucional de los 5 votos al que Hinostroza Pariachi y Castañeda Segovia no ha alcanzado ni alcanzará en el futuro”.
El CNM nunca llegó a motivar debidamente su decisión, en los términos exigidos por los jueces...
Regístrate para leer el documento completo.