Hoja de vida
Montería, miércoles 4 de agosto de 2010Señores
PROACTIVA S.A.
Dra. Judith Cecilia vuelvas Pérez
Gerente general.
E.S.D.
ASUNTO: Recurso de reposición y en subsidio de apelación, Expediente REC-10037935
Cordial saludo,
Enatención a la respuesta de la referencia dada por proactiva s aguas de montería s.a. – EPS y revisando el artículo 20 del decreto 302 de 2000, este hace referencia solo y exclusivamente a “costos dereparación o reposición de las acometidas y medidores” y en el artículo 3 del decreto 229 de 2000 “cambio de localización de la acometida” en ninguno de los artículos y decretos citados para larespuesta a la solicitud del no cobro de la acometida hace referencia a mi caso ya que en los artículos y decretos antes mencionados solo aplica para aquellos usuarios que se encuentren conectados yhaciendo uso del mismo, la solicitud es bien clara y precisa el no cobro de la acometida, por no estar conectado y por ende no estoy pidiendo reparación, reposición, cambio de localización de acometida, estosolo aplica repito nuevamente para los usuarios que estén haciendo uso del sistema de alcantarillado, ellos si están obligados por ley a asumir dichos costos. De igual manera no aplica el artículo 12del decreto 302 de 2000 régimen de acometidas ya que tampoco es mi caso, tengo y poseo en la actualidad una sola acometida de acueducto y un sistema totalmente independiente de alcantarillado (pozoséptico), el cual atrabajado a la perfección por más 15 años sin afectación alguna y ambas son totalmente independientes. En relación al artículo 11 del decreto 302 de 2000 tampoco aplica ya q ambossistemas cumplen con las normas y reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico, como lo corrobora la visita echa por un funcionario de su entidad proactiva aguas de montería...
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