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La víctima del acoso laboral podrá poner en conocimiento del Inspector de Trabajo con competencia en el lugar de los hechos, de los Inspectores Municipales de Policía,de los Personeros Municipales o de la Defensoría del Pueblo, a prevención, la ocurrencia de una situación continuada y ostensible de acoso laboral. La denuncia deberá dirigirse por escrito en que sedetallen los hechos denunciados y al que se anexa prueba sumaria de los mismos. La autoridad que reciba la denuncia en tales términos conminará preventivamente al empleador para que ponga en marcha losprocedimientos confidenciales referidos en el numeral 1 de este artículo y programe actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relaciónlaboral dentro de una empresa. Para adoptar esta medida se escuchará a la parte denunciada.” (Congreso de la republica, 2006)
En síntesis deberá contemplarse un procedimiento secreto tendiente aconciliar la situación, que en caso de persistir, deberá ser tratada por alguna de las entidad descritas en el artículo anterior, para luego imponer la respectiva sanción, cuyo trámite sancionatorio elartículo 10 de la ley 1010 del 2006 lo trata de la siguiente manera: “cuando se acredite debidamente se podrán imponer:
1. “Como falta disciplinaria gravísima en el Código Disciplinario Único, cuandosu autor sea un servidor público.
2. Como terminación del contrato de trabajo sin justa causa, cuando haya dado lugar a la renuncia o el abandono del trabajo por parte del trabajador regido por...
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