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COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL-Contenido de norma sustancialmente diferente
ADMINISTRACION DE JUSTICIA POR PARTICULARES-Términos que determine la ley/ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR PARTICULARES-Reserva de ley
CENTROS DE CONCILIACION EN MATERIA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-Incompetencia del Gobierno para reglamentar requisitosPRINCIPIO DEMOCRATICO-Reserva de ley
GOBIERNO NACIONAL-Incompetencia de reglamentación por reserva de ley
POTESTAD REGLAMENTARIA-Límites por reserva de ley
ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Competencia general
ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Competencia permanente y ordinaria/ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Función pública estatal de naturaleza esencialDERECHO DE LIBRE ACCESO A LA JURISDICCION-Alcance
En virtud del derecho constitucional del libre acceso a la jurisdicción, las personas tienen derecho a ser parte en un proceso promoviendo la actividad jurisdiccional que desemboque en una decisión judicial sobre las pretensiones que se le formulen. El artículo 229 Superior reconoce a todas las personas el derecho a obtener tutela judicial efectivapor parte de los jueces y tribunales que integran la administración de justicia, garantía que entraña la posibilidad de acudir libremente a la jurisdicción siendo parte en un proceso promoviendo la actividad jurisdiccional que concluya con una decisión final motivada, razonable y fundada en el sistema de fuentes. También implica obviamente la existencia de pretensiones legítimas en cabeza de quienesaccionan el aparato de la justicia.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA POR AUTORIDAD ADMINISTRATIVA-Función excepcional
ADMINISTRACION DE JUSTICIA POR PARTICULARES-Función transitoria habilitada por las partes
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS-Transitoriedad y alternatividad
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS-Participaciónde la sociedad civil en asuntos que los afectan
Los mecanismos alternativos de solución de conflictos no deben ser interpretados solamente como una manera de descongestionar el aparato de justicia sino también, y principalmente, como una forma de participación de la sociedad civil en los asuntos que los afectan. En este sentido, es incuestionable su estirpe democrática, en la medida en quegeneran espacios de intervención de la comunidad en el desarrollo de la función jurisdiccional evitando la conflictivización de la sociedad y logrando, por ende, el fortalecimiento de la legitimidad del aparato de justicia estatal en la medida en que éste puede dedicarse a resolver aquellos asuntos que son de verdadera trascendencia social. Desde esta perspectiva, se ha considerado que el presupuestobásico para la efectividad de la justicia consensual es la existencia de una sociedad civil organizada, integrada cultural, valorativa y normativamente, pues al decir Auerbach "sólo cuando existe congruencia entre los individuos y su comunidad, con valores y deberes compartidos, existe la posibilidad de justicia sin derecho".
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS-Problemasque presenta/JUSTICIA INFORMAL-Problemas que presenta
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS-Complementarios de la justicia formal/JUSTICIA INFORMAL-Complementaria de la formal
La justicia informal proveniente de la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos no es sustitutiva sino complementaria de la justicia estatal formal. De ahí la necesidadde que sea desarrollada gradualmente por el legislador, como expresión de una política de Estado tendiente a propiciar la vinculación de la sociedad civil en la construcción de su propio destino.
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS-No imposición unilateral por el Estado/ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Problemas estructurales
Estas alternativas privadas para la solución de...
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