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1)INTRODUCCIÓN
En los últimos años, se ha notado un auge de la actividad empresarial en el Perú, que ha determinado que no nos veamos ante los ojos del mundo como un país netamente receptor de capitales. En efecto, existen empresas peruanas que están constituyendosucursales o subsidiarias en el extranjero, con el objetivo de expandir sus actividades hacia otros horizontes, abriendo el mercado de los productos que fabricamos.
Sin embargo, nuestra legislación del Impuesto a la Renta no se ha adecuado a esta variación del entorno empresarial peruano, siendo poquísimas las normas que su articulado destina a las rentas de fuente extranjera. Bajo este marco,el propósito del presente trabajo es orientar al lector a fin de que conozca a grandes rasgos el tratamiento impositivo que el legislador tributario ha destinado a las inversiones que empresas domiciliadas efectúen en el exterior.
2) Las personas jurídicas domiciliadas en el Perú tributan Impuesto a la Renta por sus rentas de fuente mundial.
El artículo 6º del TUO de la Ley del Impuesto a laRenta (LIR en adelante) indica lo siguiente: “Están sujetas al Impuesto a la Renta la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones de esta Ley, se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora”.
Como sepuede observar, el artículo trascrito afecta con el Impuesto a la Renta a las rentas de fuente mundial que obtengan los sujetos domiciliados en el Perú, sean éstos personas naturales o jurídicas. En el caso específico de las personas jurídicas, el artículo 7º inciso d) de la LIR las considera domiciliadas cuando se encuentren constituidas en el país (desatendiendo el criterio de la sede de direcciónefectiva de la empresa, o el del lugar de nacionalidad de la mayoría de los accionistas).
Ahora bien, la forma en que una persona jurídica (en estricto, una sociedad anónima) se constituye en el país, no se encuentra regulado en la normativa del Impuesto a la Renta, sino en la Ley General de Sociedades, que en su artículo 5º dispone que “La sociedad se constituye por escritura pública, en laque está contenido el pacto social, que incluye el estatuto”.
2.1) Delimitación del ámbito de aplicación de las rentas de fuente mundial imputadas a la persona jurídica domiciliada en el Perú.
Una interpretación amplia del artículo 6º de la LIR podría llevar a la conclusión que sociedades constituidas formalmente en territorio peruano trasladen a la determinación de su Impuesto a la Rentaanual las rentas que obtengan sus subsidiarias constituidas en el exterior.
No obstante, el panorama se ve aclarado con el artículo 4º inciso a) numeral 3) del Reglamento de la LIR, el cual enuncia que “La condición de domiciliado es extensiva a las sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes en el exterior establecidos por personas domiciliadas en el país”.
Así, los resultadospositivos que arroje una sucursal en el exterior de una persona jurídica domiciliada en el Perú, son imputados a la renta neta global de esta última empresa, ya que conforme apunta Elías Laroza “El establecimiento de una sucursal no conlleva en modo alguno la creación de una persona jurídica diferente. Se trata simplemente de la dispersión territorial de los establecimientos de una determinadasociedad, que mantiene su unidad jurídica como sujeto de derecho. Por ello, el patrimonio afectado a la realización de actividades asignadas a una determinada sucursal no está constituido por bienes y derechos ajenos al patrimonio de la persona jurídica principal”.
En cambio, nótese que el artículo 4º del Reglamento de la LIR no extiende la condición de domiciliadas a las subsidiarias que personas...
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