Hola
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.
Hoyse ha resuelto lo que sigue:
VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en elArt. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y
CONSIDERANDO:1° Que, en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Leysobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.
2° Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerandoprecedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso depostulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.
3° Que, loscontribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del2003 para ser autorizados.
SE RESUELVE:
Primero: Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Mayo del 2008 a los siguientes contribuyentes:
-AEROPUERTO CERRO MORENO SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A. RUT 96.912.990-6
- AGUAS Y RILES S.A. RUT 96.954.690-6
- ALEX ELIZARDO SANTANA AGUILAR RUT 12.343.542-7
-...
Regístrate para leer el documento completo.