hola
La Ley venezolana, sin embargo, a pesar de su nombre, en realidad no regula todos los contratos estatales, ni regula toda la actividad de contratación pública que en general desarrollan todos los órganos y entes públicos que conforman las Administraciones Públicas(nacional, estadal y municipal). En realidad, con algunos agregados importantes, la Ley sigue siendo un cuerpo normativo con limitado alcance, básicamente destinado a regular los procedimientos de selección de contratistas (entre ellos, la licitación) (arts. 36 a 92) respecto de ciertos (no todos) contratos públicos. Por ello, la a las licitaciones y, en general, a la selección de contratistas, lanueva Ley introdujo algunas normas generales referidas a la “contratación” (arts. 93 a 131), incluyendo previsiones, por ejemplo, sobre las garantías contractuales, el inicio y la terminación de los contratos públicos, y única Ley que expresamente se derogó con la nueva ley fue la Ley de Licitaciones. Cierto es sin embargo, que a las tradicionales previsiones de dicha ley derogada relativas sobresu modificación, aplicables a todos los contratos del Estado que caen dentro del ámbito de aplicación. Las previsiones de la Ley, sin embargo, incluso con ese ámbito normativo, sólo están destinadas a regular los contratos que tienen por objeto “la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras.” Es decir, la Ley se destina a regular solo tres tipos de los contratos públicoscelebrados por las personas jurídicas estatales (el Estado), los cuales, por lo demás, siempre han sido considerados como “contratos administrativos.”
LOS CONTRATOS DEL ESTADO Y LOS CONTRATOS DE INTERÉS PÚBLICO
Los contratos públicos, contratos del Estado o contratos estatales son todos aquellos contratos en los cuales una de las partes (pueden ser las dos –contratos inter-administrativos-)es una persona jurídica estatal, es decir, que está integrada en la organización general del Estado, sea que se trate de una persona jurídica político territorial (República, Estados, Municipios), o de personas de derecho público ( los institutos autónomos) o de personas de derecho privado ( Las sociedades anónimas del Estado o empresas del Estado ) estatales.
Estos contratos del Estado, ennuestro criterio, han sido denominados en la Constitución como “contratos de interés público” (nacional, estadal o municipal), y en el pasado, en escasísimas leyes, algunos de ellos fueron denominados como “contratos administrativos.”
La Constitución de 1999, como la ley suprema y principal fuente del derecho administrativo, en materia de contratos del Estado, en la Sección Cuarta del Capítulo I delTítulo IV sobre el “Poder Público”, regula a los “contratos de interés público”, noción que en los artículos 150 y 151 se adoptó para identificar a los contratos suscritos por las entidades públicas, es decir, las personas jurídicas estatales, o las que integran el sector público y que en general se engloban en la noción de “Estado”. Esa noción de contratos de interés público puede considerarse...
Regístrate para leer el documento completo.