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Procedimiento Abreviado 208/2011 Recurrente: O Jose Luis Aranda Sánchez Letrado Sr: Rodrí guez Rodríguez
Demandado: Dirección General de la Guardia Civil
Sr Abogado del Estado
Acto Recurrido Resolución de fecha 1O de noviembre de 201O desestimatoria del recurso de alzada formulado frente a laResolución de fecha 25 de agosto de 201 O desestimatoria de la solicitud de anulación de las vacaciones del4 a 1 21 de junio de 201 O.
SENTENCIA núm.
/2012
En Huelva, a 15 de noviembre de dos mil doce
La
lima. Sra. Dña. Isabel Morón Pendás Magistrado-Juez, del Juzgado
de loContencioso-Administrativo número Dos de Huelva habiendo visto los presentes autos de procedimiento abreviado 478 de 2011 , que ante este Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, ha promovido O José Luis Aranda Sánchez, representado y asistido del Letrado Sr. Rodríguez Rodríguez frente a la
Dirección General de la Guardia Civil representada y asistida del Sr Abogado del Estado , ha pronunciado ennombre de S M El Rey y por los poderes que le confiere la Constitución Española, la presente en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
UNICO.- Por la representación de O Jose Luis Aranda Sánchez, se interpuso, mediante escrito
de demanda presentado con fecha 7 de febrero de 2011, recurso contencioso-administrativo, contra laResolución de fecha 1O de noviembre de 201O desestimatoria del recurso de alzada formulado frente a la Resolución de fecha 25 de agosto de 201O desestimatoria de la solicitud de anulación de las
vacaciones del 4 a 1 21 de junio de 201O
Reclamado el expediente administrativo y recibido éste se convocó a las partes al acto del juicio que se celebró el día delafecha, compareciendo las partes para ratificarse la recurrente en su escrito de demanda, y oponerse la administración tras lo que fue propuesta por ambas únicamente al documental obrante en autos se elevan a definitivas las iniciales alegaciones, quedando los autos pendientes de sentencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Se recurre la Resolución de fecha 10 de noviembre de 2010 desestimatoria del
recurso de alzada formulado frente a la Resolución de fecha 25 de agosto de 201O desestimatoria de la solicitud de anulación de las vacaciones del4 a 1 21 de junio de 2010
SEGUNDO . - Funda el recurrente su pretensión anulatoria de las resoluciones impugnadas en
la existencia de supuestos idénticos enlos que se ha resuleto de forma dispar y en al interpretación de la Norma contenida en la Orden General 7 de 55 de noviembre de 2009 pro la ue se aprueban las normas sobre vacaciones permisios y licencias del Cuerpo de la Guardia Civil, en concreto en el apartad 4 de la Norma 8 que determian que " la enfermedad manifestada antes de comenzar un periodo de vacaiones, poder a ser alegada parasolicitar un cambio den las fechas autorizadas,. Estableciendo por el contrario que , la enfermedad sobrevenida durante el disfrute de las vacaciones no interrumpirá el disfrute.
Se funda la discrepancia en la diversa interpretación d el apartado 4 de la Norma 8 que dispone "
la enfermedad debidamente acreditada, manifestada antes de comenzar un periodo de vacaciones,podrá ser alegada para solicitar un cambio en las fechas autorizadas , sin que dichos cambios puedan afectar a terceras personas que ya lo tuvieran concedido. La enfermedad sobrevenida durante el disfrute de las vacaciones o permisos no lo interrumpirá".
Considera la administración actuante que al interesarse la anulación de las vacaciones que habían sido autorizadas para el periodo del 4...
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