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Ejecutoria: 1a./J. 54/2012 (10a.)
Semanario Judicial de la Federación y suGaceta
Décima Época
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DIVORCIO. COMPENSACIÓN EN CASO DE. INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 267 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, VIGENTE DEL 4 DE OCTUBRE DE 2008 AL 24 DE JUNIO DE 2011.
CONTRADICCIÓN DE TESIS 490/2011. SUSCITADA ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO Y OCTAVO, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 29 DE FEBRERODE 2012. LA VOTACIÓN SE DIVIDIÓ EN DOS PARTES: MAYORÍA DE CUATRO VOTOS EN CUANTO A LA COMPETENCIA. DISIDENTE Y PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS EN CUANTO AL FONDO. DISIDENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MIREYA MELÉNDEZ ALMARAZ.
o, según lo alegado y probado, estimar el monto de la compensación con el objeto de resarcir el perjuicio económico causado.
76. Porlo expuesto y fundado, se resuelve:
PRIMERO.-Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la presente contradicción de tesis.
SEGUNDO.-Sí existe la contradicción de tesis denunciada en los términos del apartado IV de esta resolución.
TERCERO.-Debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, el criterio sustentado por esta Primera Sala de laSuprema Corte de Justicia de la Nación, conforme a la tesis que ha quedado redactada en la parte final de esta resolución.
CUARTO.-Dése publicidad a la tesis de jurisprudencia que se sustenta en la presente resolución, en términos del artículo 195 de la Ley de Amparo.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, comuníquese la anterior determinación a los Tribunales Colegiados en citay, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conforme a las siguientes votaciones:
Por mayoría de cuatro votos de los señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea,en cuanto a la competencia legal de esta Primera Sala, en contra del emitido por el Ministro José Ramón Cossío Díaz (ponente); y,
Por mayoría de cuatro votos de los señores Ministros: José Ramón Cossío Díaz (ponente), Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, en cuanto al fondo del asunto, en contra del...
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