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La Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) podrá autorizar que un banco constituido en el exterior forme parte de unconglomerado, siempre que la sociedad controladora tenga como mínimo el 45% de las acciones del banco en referencia, debiendo cumplir los siguientes requisitos establecidos por la Ley de Bancos:a) Que el banco extranjero esté sujeto a la supervisión consolidada por parte de la SSF, y que en el país donde esté domiciliado se encuentre bajo supervisión de acuerdo con los usos internacionales.b) Que la SSF haya suscrito memorandos de cooperación con el organismo de supervisión del país anfitrión, para facilitar la supervisión consolidada.
c) Que el banco extranjero se incluya parafines de determinar la solvencia del Conglomerado, y
d) Que se compruebe que la sociedad controladora ejerce el control del banco.
Los conglomerados financieros estarán sujetos a la supervisiónconsolidada de la Superintendencia del Sistema Financiero y a las aprobaciones y requisitos fijados en la Ley de Bancos.
Integrantes de un conglomerado
En adición a la sociedad controladora, lassociedades que pueden integrar un conglomerado financiero son un banco constituido en el país, y una o más entidades del sector financiero, tales como sociedades de seguros, casas de corredores de bolsa,emisoras de tarjetas de crédito, casas de cambio de moneda extranjera, sociedades de arrendamiento financiero, almacenes generales de depósito, incluyendo a sus subsidiarias, debidamente vigiladas porla Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) o por el organismo supervisor que corresponda.
De igual forma, podrán integrar el conglomerado, sociedades controladoras constituidas en el...
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