holaaaaaaaaaaaaaa
contratar un seguro de vida para sus trabajadores?
1. Introducción
El seguro de vida nace como un beneficio
social mediante Ley Nº 4916 publicada el
26 de marzo de 1921, la cual estableció la
obligación del empleador de contratar una
póliza individual contra el riesgo de muerte
a favor de sus trabajadores empleados.
Posteriormente,la Resolución Suprema
Nº 036-90-TR (30/11/1990), cambió la contratación de una póliza individual a una póliza grupal de prima única que incluía los
riesgos de invalidez total e invalidez permanente del trabajador dentro de la cobertura del seguro.
Luego, la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales aprobada mediante Decreto
Legislativo Nº 688 (05/11/1991), en adelante
l Ley, estableció laobligación del empleaa
dor de contratar un seguro de vida tanto
para empleados como obreros, al cumplir
cuatro (4) años de prestación de servicios.
Finalmente, la Ley Nº 27700 (20/04/2002)
estableció el derecho de los trabajadores a
su cese de mantener facultativamente su
seguro de vida mediante una póliza individual.
En el presente informe desarrollaremos las
principales característicasde este seguro,
los regímenes de trabajadores a los que se
aplica, los sujetos obligados, los beneficiarios, la cobertura y cuáles son las principales consecuencias para el empleador de no
contratar este seguro.
2. Concepto
La Ley define al seguro de vida como un derecho laboral que obliga a todo empleador a
cubrir los riesgos por accidente o muerte de
Resumen ejecutivo
Sara RosaCAMPOS TORRES(*)
Miguel Alonso JUAPE PINTO
El seguro de vida tiene por finalidad proteger a los trabajadores
ante la imposibilidad de seguir laborando cuando se trate de
invalidez absoluta y permanente, o indemnizar a los familiares
directos del trabajador cuando falleciera este último. En ese sentido, es importante que todo empleador, sujeto al régimen laboral
de la actividad privada cumplacon lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 688, Ley que regula todo lo relacionado al seguro
de vida.
sus trabajadores mediante la contratación de
un seguro y el pago de una prima mensual,
con la finalidad de no dejar en desamparo a
su cónyuge y a sus descendientes.
3. Ámbito de aplicación
Todo empleador sujeto al régimen laboral
de la actividad privada se encuentra obligado acontratar un seguro de vida para los
trabajadores que cuenten con cuatro (4)
años de prestación de servicios en forma
ininterrumpida o acumulada(1).
En este último caso, la Ley señala que en
los casos de suspensión de la relación laboral(2), el empleador se encuentra obligado a continuar con el pago de las primas
mensuales correspondientes, así como las
empresas de seguros deben continuar conla cobertura, para lo cual la prima será calculada sobre la base de la última remuneración percibida antes de la referida suspensión, dejándose constancia del pago
tanto en la planilla de pago de remuneraciones como en las boletas de pago.
No obstante lo anterior, la Ley permite que
este seguro pueda ser contratado de manera facultativa por el empleador a partir
de los tres (3) meses.(3)4. Regímenes especiales
Tal como se ha señalado en el numeral
a t r o la Ley establece que todo emplean e i r,
dor sujeto al régimen de la actividad privada tiene la obligación de contratar un seguro de vida cuando el trabajador cuente con
cuatro (4) años de servicios. Sin embargo,
respecto a los principales regímenes especiales que existen en nuestro ordenamiento debemos señalar lo siguiente:4 1 Trabajadores de construcción civil
..
Debido a las características particulares en
la prestación de servicios (eventualidad y
ubicación relativa) que realizan estos trabajadores, este sector constituye un régimen especial, sin embargo, respecto de
algunos aspectos de esta relación laboral
que no se encuentran regulados, debe aplicarse por vía supletoria el régimen laboral
de la...
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