holap
Bajo esta modalidad se pueden exportar mercancías nacionales en calidad de muestras sin valor comercial, cuyo valor anual no exceda de diez mil dólares(US $10.000) de los Estados Unidos de Norteamérica.
La exportación de muestras sin valor comercial realizada por la Federación Nacional de Cafeteros o Proexport, no está sujeta a este monto.
Eltrámite de la exportación se debe surtir mediante el diligenciamiento de la declaración de exportación simplificada, la cual debe contener los datos definitivos de la mercancía y enviarse al exterior enembarque único; así mismo, debe estar acompañada para su aceptación de los vistos buenos, autorizaciones o licencias que se requieran para su salida del territorio aduanero nacional.
EXPORTACION DEMUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL solicitud de autorización de embarque y declaración correspondiente.
REQUISITOS:Para efectos del régimen de exportación se consideran muestras sin valor comercialaquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución.Las exportaciones de muestras sin valorcomercial realizadas directamente por la Federación Nacional de Cafeteros o por Proexport, no estarán sujetas al monto establecido.
EXCEPCIONES:
No podrán exportarse bajo la modalidad de muestrassin valor comercial los siguientes productos:
1. Café
2. Esmeraldas
3. Artículos manufacturados de metales preciosos
4. Oro y sus aleaciones
5. Platino y metales del grupo platino
6. Cenizas deorfebrería, residuos o desperdicios de oro
7. Productos minerales con concentrados auríferos, plata y platino
8. Plasma humano, órganos humanos, estupefacientes y los productos cuya exportación estáprohibida, tales como los bienes que forman parte del patrimonio artístico, histórico y arqueológico de la Nación.
No quedan comprendidas en la prohibición aquí prevista, las exportaciones de...
Regístrate para leer el documento completo.