horcas
CÁMARA NACIONAL DE
CASACIÓN PENAL
Boletín de la
Secretaría de Jurisprudencia
2007
Primer Trimestre
“Esta es una publicación oficial preparada por la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Nacional de
Casación Penal. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no constituyen afirmación de hecho o de
derecho, ni opinión jurisdiccional. Elcontenido puede ser reproducido libremente, no generando responsabilidad
por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia. Reservados todos los derechos ® 2008. Cámara
Nacional de Casación Penal”.
CAMARA NACIONAL DE CASACION PENAL
_AÑO 2007_
PRESIDENTE
Doctor : Alfredo H. Bisordi
SALA I
Doctor : Raúl R. Madueño
Doctor : Juan C. Rodríguez Basavilbaso
Doctora : LilianaE. Catucci
SALA II
Doctor : Pedro R. David
Doctor : Gustavo W. Mitchell
Doctor : Juan E. Fégoli
SALA III
Doctor : Eduardo R. Riggi
Doctora : Ángela E. Ledesma
Doctor : Guillermo J. Tragant
SALA IV
Doctor : Gustavo M. Hornos
Doctora: Ana María Capolupo de Durañona y Vedia
Doctora : Amelia L. Berraz de Vidal
SUMARIOS
Cámara Nacional de Casación Penal
Abuso sexual agravado.Acceso carnal. Artículo 119 del C.P. Penetración incompleta.
Sumario : La acción típica del ilícito acuñado en el art. 119 del C.P. es "tener acceso
carnal" forzadamente logrado. Vale decir, en mi opinión, que se trata de la penetración
del órgano sexual masculino en cavidad natural de la víctima, siendo indiferente que la
penetración sea completa, que se produzca la desfloración en la mujer, oque el sujeto
activo alcance la "seminatio" y, por consiguiente, que exista o no goce genésico. (Voto
del Dr. Tragant, adhiere el Dr. Riggi, Dra. Ledesma en disidencia parcial).
Scarcella, José Aníbal s/recurso de casación.
Magistrados : Riggi, Ledesma, Tragant.
Tribunal: Cámara Nacional de Casación Penal. - Sala : III.
Resolución del: 19/02/2007
Registro n° 127.07.3.
Causa n° :7462.
Citas : C.N.C.P. - Sala III, "Bronsztein, Daniel Enrique s/recurso de casación", Reg. n°
501, causa n° 1623, rta. el 19/11/98.
Abuso sexual agravado. Promoción a la corrupción agravada. Concurso ideal.
Sumario : El bien jurídico protegido por la figura prevista en el art. 125 del C.P. es el
desarrollo normal de la sexualidad, protege el candor, la inocencia o ineptitud por falta
demadurez mental para entender el significado fisiológico del acto. Para una correcta
adecuación típica, corresponde atender a la propia naturaleza del acto libidinoso y la
forma y las circunstancias en que se ha producido. En el sub examine los actos
libidinosos llevados a cabo por el encartado, al acceder de modo violento y por vía anal
a un menor de apenas ocho años de edad, trátese de por sí,un proceder apto para
torcer su sana tendencia sexual, ya que amén de prematura, es perversa, sobre todo
por haber sido cometida sobre una persona de su mismo sexo, resultando idónea para
alterar su normal desarrollo de la sexualidad. El suceso recala en la figura prevista en el
art. 119, cuarto párrafo, inc. "b" y "f" y 125, 2° y 3° párrafo del C.P., en los términos del
54 del mismo cuerpolegal. (Voto del Dr. Tragant, Dra. Ledesma según su voto, adhiere
el Dr. Riggi).
Sosa, Manuel Alberto s/recurso de casación.
Magistrados : Riggi, Ledesma, Tragant.
Tribunal: Cámara Nacional de Casación Penal. - Sala : III.
Resolución del: 09/03/2007
Registro n° 201.07.3.
Causa n° : 6753.
Citas : C.N.C.P. - Sala III, "Bronsztein, Daniel s/rec. de casación", Reg. n° 501, rta. el19/11/98; "Manfredi, Luis Alberto y otro s/recurso de casación", Reg. n° 471, causa n°
3182, rta. el 8/8/01; "Grandarillas Jaldín, Raúl s/rec. de casación", Reg. n°318, causa n°
1735, rta. el 30/6/99. Romero Villanueva, Horacio "Código Penal Anotado", 2° edición,
Ed. Lexis Nexis, Buenos Aires, 2006, pág. 482. Arocena, Gustavo A. "Delitos contra la
integridad sexual", Ed. Advocatus, Córdoba,...
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