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I
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO NUMERO 1505 2002
19 DE JULIO DE 2002
"Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 681 de 2001 y se establecen
otras disposiciones en materia de sobretasa a la gasolina y al ACPM"
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidaspor el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y por los artículos 2, 3 , 4 Y 8 de
la ley 681 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 212 del Código de Petróleos dispone que como el transporte y
distribución de Petróleos y sus derivados constituyen un servicio público, las personas o
entidades dedicadas a esa actividad deberán ejercitarla de conformidad con los
reglamentosque dicte el Gobierno en guarda de los intereses generales;
Que la Ley 39 de 1987, en su artículo 10 establece que la distribución de combustibles
líquidos derivados del petróleo es un servicio público que se prestará de acuerdo a la
Ley;
Que el artículo 10 de la Ley 26 de 1989 establece que en razón de la naturaleza de
servicio público de la distribución de combustibles líquidos delpetróleo, el Gobierno
podrá determinar: horarios, precios, márgenes de comercialización, calidad,
calibraciones, condiciones de seguridad, relaciones contractuales y demás condiciones
que influyen en la mejor prestación de este servicio público;
Que la Armada Nacional, de acuerdo con el Decreto 1874 de 1979, cumple con las
funciones de control de la pesca, protección del medio marino contra lacontaminación,
protección de los recursos naturales, asistencia y rescate en el mar; así mismo,
contribuye en las investigaciones oceanográficas e hidrográficas y controla el tráfico
marítimo;
Que a la Dirección General Marítima de conformidad con el artículo quinto del DecretoLey 2324 de 1.984 le corresponde coordinar con la Armada Nacional el control del
tráfico marítimo, autorizar la operación delas naves y artefactos navales en aguas
colombianas; autorizar y controlar las actividades relacionadas con el arribo, atraque,
maniobra, fondeo, remolque y zarpe de las naves y artefactos navales; y dirigir y
controlar las actividades de transporte marítimo internacional y de cabotaje, entre otras;
Que el artículo 571 del Estatuto Tributario establece que los contribuyentes o
responsablesdirectos de un tributo deberán cumplir con las obligaciones formales
señaladas en la Ley y el reglamento;
Que el artículo 5 del Decreto 1071 de 1.999 establece como atribución de la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales la administración de los impuestos del orden
nacional cuya competencia no este asignada a otras entidades del estado;
DECRETONUMERO_________________DE_________________HOJA No.___________
Continuación del Decreto “por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 681 de
2001 y se establecen otras disposiciones en materia de sobretasa a la gasolina y al ACPM”
Que la Ley 681 de 2001 modificó algunos aspectos de la sobretasa a la gasolina y al
ACPM, y el impuesto global a la gasolina y al ACPM, y estableció algunas exenciones,
que se hace necesarioreglamentar;
DECRETA:
ARTICULO 1.- Exenciones. Para efectos de las exenciones establecidas en los
artículos segundo y tercero de la Ley 681 del 2001, que modifican el parágrafo primero
del artículo 58 de la Ley 223 de 1995, y adicionan el artículo 118 de la Ley 488 de
1.998, se entiende por combustibles utilizados en actividades de pesca el diesel marino
utilizado en la pesca marina comercialdefinida en el artículo 12 numerales 1.2 y 2.4 del
Decreto 2256 del 4 de octubre de 1.991 reglamentario de la Ley 13 de 1.990; por
combustibles utilizados en actividades de cabotaje, incluidos los remolcadores, el diesel
marino utilizado en el transporte por vía marítima entre puertos localizados en las
costas colombianas; y por combustible utilizado en actividades marítimas desarrolladas
por...
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