ica neiva

Páginas: 9 (2049 palabras) Publicado: 21 de mayo de 2015
UNIDA
Ciudad de Oportunidades
HACIENDA

RES

MUNICIPIO
DE NENA

LUCni ipMERO
°

)

30 DIC 7914

Por la cual se establece la base a •artir de la cual se aplica la retención al Impuesto de
Industria y Comercio (Reteica) en el unicipio de Neiva durante la vigencia fiscal 2015, se
estipulan los plazos de presentación y pago de la declaración y se regula la presentación
de inform ción en mediomagnético.
EL SECRETAR O DE HACIENDA MUNICIPAL
En uso de sus atribuciones legales en especial de las conferidas en Acuerdo Municipal
050 de 2009, y
C • NSIDERANDO:
Que el Artículo 14 del Acuerdo M nicipal 050 de 2009 adoptó la Unidad de Valor
Tributario, UVT, establecida en el a ículo 868 del Estatuto Tributario Nacional y demás
normas que la modifiquen, complem nten o deroguen.
Que mediante resolución No0002 5 del 3 de diciembre de 2014 la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales DI • N, fijó el valor de la U.V.T. para el año 2015 en
veintiocho mil doscientos setenta y n eve pesos $28.279.00.
Que el artículo 116 del Estatuto Tribu ario Municipal dispuso que se someterá a retención
del Impuesto de Industria y Comer io el 100% del pago o abono en cuenta igual o
superior a 30 U.V.T. paracompras, igual o superior a 5 U.V.T. para servicios, incluido
dentro de éste último el arrendamientt de bienes inmuebles.
Que conforme a lo anterior, para el año 2015 se someterá a retención del Impuesto de
Industria y Comercio los pagos o abonos en cuenta por compras iguales o superiores a
$848.000.00; así como los pagos o aI onos en cuenta por servicios iguales o superiores
a $141.000.00.
Que elartículo 108 del Acuerdo Mu icipal 050 de 2009, establece que la retención del
impuesto de Industria y Comercio so re los pagos o abonos en cuenta gravables será la
que resulte de aplicar a dichos pagos abonos la tarifa del 5X1000.
Que así mismo el Artículo 110 del Acuerdo Municipal 050 de 2009, establece que los
agentes de retención deberán declar r y pagar bimestralmente el valor del impuesto deIndustria y Comercio retenido, dentro e los quince (15) primeros días calendario al mes
siguiente y al vencimiento del respecti o bimestre.
Carrera 5 No. 9-74 Piso 1
Tel.: 8714607 Neiva - Huila
C.P. 410010
impuestos@alcaldianeiva.gov.co
www.alcaldianeiva.gov.co

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L.2226

30 D1C 2014

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Ciudad de Oportunidades
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HACIENDA

t~.71,4

MUNICIPIO
DE NENA

Que el Artículo 111 del Acuerdo05 e de 2009, establece para el caso de los agentes de
retención del sector financiero dicho lazo será hasta el último día hábil del mes siguiente
al del periodo gravable, considera do dichos períodos por bimestres conforme a las
disposiciones del artículo anterior.
Que con el fin de facilitar el proceso de cruce de información entre los contribuyentes del
Impuesto de Industria y Comercio y lossujetos sometidos a Reteica, se hace necesario
exigir !a presentación de la informa ión de que trata el artículo 129 del Acuerdo 050 de
2009 en medio magnético.
Que con fundamento en lo anterior el Secretario de Hacienda Municipal en uso de sus
atribuciones legales.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Base mín ma para Retención a título del Impuesto de
industria y Comercio RETEICA urante la vigencia fiscal2015. Se someterá a
retención el 100% del pago o abon en cuenta la prestación de servicios cuya cuantía
individual sea igual o superior a $141 .000 (5 U.V.T), y 100% del pago o abono en cuenta
la compra de bienes, cuando los pag a s o abonos en cuenta se efectúen en cuantía igual o
superior a $848.000 (30 U.V.T), de onformidad con el artículo 116 del Acuerdo 050 de
2009.
ARTICULO SEGUNDO: Plazospa a declarar y pagar RETEICA. Los agentes de
retención deberán declarar y pagar Ilimestralmente el valor del impuesto de Industria y
Comercio Retenido, así:
BIMESTRE/
Noviembre — Diciembre/14
Enero- Febrero/2015
Marzo — Abril/2015
Mayo — Junio/2015
Julio — Agosto/2015
Septiembre —Octubre/2015
Noviembre — Diciembre/2015

PLAZ s
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15 Ma 2015
15 Juli • 2015
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