IDENTIFICACION DE LOS RATIO DECIDENDI Y DE LOS PRINCIPALES OBITER DICTA, EN LA SENTECIA C-577 DE 2011.
Como se ha mencionado por varios estudiosos del tema, en la sentencia C-577 de 2011, en donde se solicita la inexiquibilidad del artículo 113, las diferentes partes intervinientes en el proceso realizaron una pluralidad de comentarios y consideraciones, que deben aún seraclarados y distinguidos si hacen parte de la “Ratio Decidendi” y/o de los “Obiter Dicta”.
Pues en la misma sentencia la magistratura toma, se toman están consideraciones, para fundamentar órdenes y generan confusión con las reglas de decisión. Igualmente se dejan muchas hipótesis fácticas, que deberán ser valoradas por los Tribunales, en un futuro.
RATIO DECIDENDILas razones las podemos condensar de la siguiente manera:
1. La familia es reconocida como un grupo social el cual es protegido por la Carta Política en el artículo 44, por lo tanto es un derecho el cual reconoce una condición iusfundamental a favor de los niños y las niñas.
2. No se puede excluir a un grupo humano minoritario como la Comunidad LGTBI, puesto que al crear lazos de solidaridad yayuda mutua entre sus integrantes son en realidad una familia.
3. Este tipo de familia en ningún momento puede ser discriminada por la inexistencia de razones imperiosas.
4. Las parejas del mismo sexo predican respeto, solidaridad, afecto y buscan una unión permanente de la misma forma que las parejas heterosexuales, por lo tanto requieren la misma protección y no sólo en aspectospatrimoniales.
5. Al realizar la comparación entre parejas heterosexuales con parejas homosexuales con respecto a la formación de la familia se determina que no existe razón para excluir a las familias del mismo sexo pues pueden conformase por vínculos entre hombre y un hombre y una mujer con una mujer. Quienes deben ser reconocidos por la Constitución y las leyes. Formando parte del Ordenamientojurídico y creando una protección real y total.
6. El concepto Legal de familia ha cambiado, en función de lluvia de derechos reconocido a los invisibles jurídicos de ayer.
De las anteriores afirmaciones podemos extrapolar el siguiente análisis de la Corte:
En la sentencia referiría, la discusión jurisprudencial se enmarco principalmente en el análisis, interpretación y alcance delprimer inciso del artículo 42 de la Constitución Nacional, “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.
Y buscar determinar si el matrimonio como lo define el artículo 113 del Código Civil, desconoce losderechos fundamentales de las parejas que se integran por personas del mismo sexo, según lo aducido en las demandas de inconstitucionalidad sobre las que se resuelve en esta sentencia.
Inicia la Corte refiriendo al texto aprobado por el constituyente que distingue entre la familia como institución anterior al Estado, de raigambre sociológica, reconocida jurídicamente y el matrimonio que genera unvínculo fundado en la expresión del consentimiento de los contrayentes que libremente se obligan para constituir una familia.
Igualmente La Corte Constitucional, visualiza o entiende un concepto ampliado de la familia moderna, con base en la consagración del Estado social de derecho participativo y pluralista, como el contemplado en el artículo 1º de la Carta, que incluye dentro de sus fines,enunciados en el artículo 2º, la protección de las libertades, creencias y derechos de todas las personas, derechos que según el artículo 5º, son inalienables y tienen primacía, además que proclama en los términos del artículo 7º de la Carta, el reconocimiento y protección de la diversidad cultural de la nación, claramente contraria a la imposición de un solo tipo de familia y a la consiguiente...
Regístrate para leer el documento completo.