IEPS
La importación de bienes, para los efectos de la presente ley se consideraimportación la introducción al país de bienes.
Se aplicara el IEPS en la enajenación o en su caso importación de bebidas con contenido alcohólico y cerveza:
Con una graduación alcohólica de hasta 14°G.L. Actualmente 25%, en 2014 26.5%
Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L. Actualmente 50% en 2014 53.5%
Bebidas saborizadas; concentrados, polvos, jarabes, esencias oextractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas; y jarabes o concentrados para preparar bebidas, siempre que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos.
La cuota aplicableserá de $1.00 por litro. Tratándose de concentrados, polvos, jarabes, etcétera, el impuesto se calculará tomando en cuenta el número de litros de conformidad con las especificaciones del fabricante, sepuedan obtener. Esto también será aplicable al inciso F.
La cuota se actualizará conforme a lo dispuesto por los párrafos sexto y séptimo del artículo 17-A del CFF.
Combustibles fósiles comoson: Gas natural, propano, butano, gasolinas y gasavión, turbosinas y otros kerosenos, diésel, combustóleo, coque de petróleo, coque de carbón, carbón mineral, otros combustibles fósiles. Cuando loscombustibles estén mezclados, la cuota se calculará conforme a la cantidad que en la mezcla tenga cada combustible.
Las cuotas se actualizarán anualmente y entrarán en vigor a partir del 1 de enerode cada año, con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquél por el cual seefectúa la actualización, mismo que se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
Plaguicidas. La tasa se aplicará conforme a la categoría de peligro de...
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