Igv Empresas Constructoras
Definición de constructor, hechos gravados, base imponible y supuesto de exoneración
Carlos
BASSALLO RAMOS
1. Introducción
El TUO de la Ley del IGV, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF (15/04/1999), contiene como operación gravada con dicho impuesto a la primera venta de inmuebles que realicen los constructores delos mismos, y sin embargo, también existen otras situaciones, que siendo en realidad segundas o terceras ventas, podrían resultar gravadas con el IGV. Por otro lado, la misma norma establece un supuesto de exoneración, popularmente vinculado a la venta de inmuebles del Programa MiVivienda, lo cual no es del todo cierto como veremos más adelante, pues las condiciones y requisitos para gozar delbeneficio ya no están asociadas a tal forma de adquirir inmuebles. Otro tema de interés es el relacionado al sujeto del impuesto en la hipótesis bajo análisis, es decir, al denominado “constructor” del bien inmueble, definición directamente relacionada con el hecho económico incluido como afecto. Finalmente, en relación a la base imponible, como quiera que el terreno no está gravado,
Resumenejecutivo
La 1ª venta de inmuebles es un supuesto afecto con el IGV cuando es realizado por un sujeto que califique como constructor. No obstante, existen supuestos en los que tal operación resultará exonerada y, cuando esté afecta, a la base imponible se le deberá excluir el valor del terreno, de acuerdo a la norma reglamentaria. Veamos cómo el legislador tributario ha establecido un tratamientoespecial para este sector.
la norma permite su exclusión, para lo cual establece una presunción respecto de su valor, generando en la práctica la aplicación de una tasa diferenciada, pero principalmente, un efecto directo sobre el crédito fiscal.
o recién construido es vendido bajo los parámetros que analizaremos más adelante, nace el IGV por única vez (ya veremos que hay excepciones) para eseinmueble. Así, si el mismo sujeto vende otro inmueble al día siguiente, la operación también estará gravada, pues se trata de otro bien que se está vendiendo por primera vez. Como vemos, la operación sujeta a tributación es la primera venta del inmueble, independientemente de cuantas ventas anteriormente haya realizado el sujeto, del cual solo interesa su calidad de constructor, como veremos acontinuación.
2. Operaciones consideradas como primera venta de inmuebles
Comencemos por decir, que el IGV afecta la primera operación de venta en la que un determinado inmueble está comprometido, es decir, cada vez que un inmueble nuevo
2.1 Afectación general y definición de constructor De la lectura del literal d) del artículo 1 del TUO de la Ley del IGV, se entiende claramente que elreferido tributo grava la primera venta de inmuebles realizada por el constructor de los mismos. A tal efecto, la misma norma define el término “venta” como todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, y la norma reglamentaria agrega a dicha definición una variante, constituida por el hecho de que el acto esté destinado a transferir propiedad, es decir, la venta de bienes futuros. Encualquiera de los casos, existe una venta para la Ley del IGV, si la propiedad se transfiere o se transferirá producto del acto jurídico celebrado. Ahora bien, esta venta debe de ser de un bien considerado inmueble para efecto del IGV, situación que la propia SUNAT ha señalado que solo se puede dar cuando se trate de edificaciones o construcciones, tal como concluye el Informe Nº 094-2002SUNAT/K00000(03/04/2002). En efecto, el citado informe del órgano administrador señala que “Así pues, con respecto a esta operación, resulta necesario que para la configuración del supuesto de hecho previsto en la ley, se trate de bienes inmuebles construidos o edificados. Por el contrario, la venta de inmuebles que no han sido materia de construcción, no se encontrará dentro del campo de aplicación del...
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