IJ EL SALVADOR 580 2014 OK
“2014, Año de Octavio Paz”.
Oficio No. I.110/A/A/ /2014.
Asunto: Se rinde informe justificado.
México, D.F., a
C. JuezSegundo de Distrito en el Estado de Campeche.
Av. Patricio Trueba Núm. 245, Colonia San Rafael,
San Francisco de Campeche, Campeche, C.P. 24090.
En atención a sus autos del 8 de mayo de 2014, recibidos el 16 siguiente, por el que solicita al Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano por si, y en representación del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, DirectorGeneral de la Propiedad Rural y Directora General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, entre otras autoridades, rindan su informe justificado relativo al juicio de amparo 580/2014, promovido por Imelda Cob Pacheco, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo vigente, se manifiesta lo siguiente:
TERCERO INTERESADO.
Del escrito inicial de demanda, se advierte que la parte quejosano señaló que le revista dicho carácter a persona alguna.
ACTOS RECLAMADOS.
Del escrito inicial de demanda, se advierte que la parte quejosa los hizo consistir textualmente en:
“De las Autoridades señaladas como Responsables Ordenadoras en la presente DEMANDA DE Juicio de Amparo C. C. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; SECRETARIO DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL YURBANO (SEDATU) (antes SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA (SRA)); C. Director General de la Propiedad Rural de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; de la C. Directora General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural de la Secretaría de Desarrollo de Agrario, Territorial y Urbano y del C. Delegado Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano RECLAMOEL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL que a la letra dice:… y como PRIMER ACTO DE APLICACIÓN del citado Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural el ACUERDO sin fecha, suscrito por el C. DIRECTOR GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SEDATU C.P. LUIS ARMANDOBASTARRACHEA SOSA y la C. DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SEDATU LIC. ARELY CELESTE FONSECA SANCHEZ Primer Acto de Aplicación del citado ARTICULO CUARTO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, mismos actos que SE RECLAMAN a través del presente Juicio de GARANTÍAS, siendo estos el señalado ARTÍCULO CUARTOTRANSITORIO y como PRIMER ACTO DE APLICACIÓN DEL CITADO ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO el Acuerdo sin fecha notificado el nueve de abril del año 2014, el cual de manera literal dice:..” (sic)
INFORME JUSTIFICADO.
En vía de informe justificado se le manifiesta lo siguiente:
A. Es cierto que el Titular del Ejecutivo Federal emitió el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de laPropiedad Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2012, mismo que contiene el artículo CUARTO TRANSITORIO.
No obstante la manifestación de esta autoridad conteste, referente a que es cierto que el Titular del Ejecutivo Federal emitió del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, se aclara que dicha actuación se encuentraapegada a derecho, ya que se realizó en estricta observancia a lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que textualmente establece lo siguiente:
“Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:
I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa...
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