Imaginarios socilaes en la ciudad de barranquilla
La capacidad legal para formular propuesta de concesión minera y para celebrar el
correspondiente contrato, se regula por las disposiciones generales sobre contrataciónestatal. Dicha capacidad, si se refiere a personas jurídicas, públicas o privadas, empresas nacionales y extranjeras, requiere que en su objeto se hallen incluidas, expresa y específicamente, laexploración y explotación mineras.
En caso de que la propuesta sea presentada por unión temporal y luego de adjudicada la concesión, deberán constituirse en figura societaria, con la mismaparticipación que se derive de la propuesta presentada.
También podrán presentar propuestas y celebrar contratos de concesión los consorcios, caso en el cual sus integrantes responderán solidariamente de lasobligaciones consiguientes.
Artículo 17. Capacidad legal. La capacidad legal para formular propuesta de concesión minera y para celebrar el correspondiente contrato, se regula por las disposicionesgenerales sobre contratación estatal. Dicha capacidad, si se refiere a personas jurídicas, públicas o privadas, requiere que en su objeto se hallen incluidas, expresa y específicamente, la exploracióny explotación mineras.
Igualmente, las personas jurídicas extranjeras podrán, a través de representante domiciliado en Colombia, presentar y tramitar propuestas. Para la celebración del contratode concesión deberán establecer una sucursal, filial o subsidiaria, domiciliada en el territorio nacional.
Artículo 19. Compañías extranjeras. Las personas jurídicas extranjeras podrán, a travésde representante domiciliado en Colombia, presentar y tramitar propuestas. Para la celebración del contrato de concesión deberán establecer una sucursal, filial o subsidiaria, domiciliada en elterritorio nacional. Este requisito también será exigible a dichas personas para dedicarse a la exploración y explotación de minas de propiedad privada, como titulares del derecho correspondiente o como...
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