IMAGRO
“POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO N° 105, RÉGIMEN CONTABLE (VERSIÓN 2), EL FORMULARIO N° 110, RÉGIMEN PRESUNTO (VERSIÓN 2) Y EL FORMULARIO N° 112, RÉGIMEN SIMPLIFICADO (VERSIÓN 1) Y SE ACLARAN ALGUNOS ASPECTOS DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS”
Art. 1º.
Aprobar el Formulario que se indica a continuación y su correspondienteInstructivo, cuyo modelo se adjunta en el Anexo de la presente Resolución, formando parte de la misma.
Formulario N° 112, Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias, Régimen Simplificado, Código de Obligación N° 133.
Este formulario deberá ser utilizado por los contribuyentes que realicen actividades agropecuarias y liquiden el impuesto por el Régimen Simplificado a partir del presenteejercicio, conforme lo dispuesto en el Decreto N° 8.279/2012.
Art. 2°.
Aprobar la modificación de los Formularios que se indican a continuación y sus correspondientes Instructivos, cuyos modelos se adjuntan en el Anexo de la presente Resolución, formando parte de la misma.
Formulario N° 105, Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias, Régimen General (Versión 2, Año 2012), Código deObligación N° 131.
Formulario N° 110, Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias, Régimen Presunto (Versión 2, Año 2012), Código de Obligación N° 132.
Estos formularios deberán ser utilizados por los contribuyentes que realicen actividades agropecuarias y liquiden por el Régimen Contable o Régimen Presunto, según corresponda, a partir del presente ejercicio, de conformidad a lo dispuestoen el Decreto N° 8.279/2012.
Art. 3º.
Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias que a su vez sean contribuyentes del Impuesto a las Rentas de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios y liquiden por el Régimen Contable, deberán consignar el mismo mes de cierre de ejercicio, para ambos impuestos.
Cuando el contribuyente no opte por un cierre deejercicio en particular, la Administración Tributaria, de oficio, tendrá como cierre de ejercicio, el correspondiente al Impuesto a las Rentas de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios.
Lo dispuesto en el presente artículo, será aplicable a partir del ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2013.
Art. 4º.
Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias,que a su vez sean contribuyentes del Impuesto a las Rentas de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios y liquiden por el Régimen Contable, deberán presentar los Formularios N° 101 y N° 105. La información contenida en los formularios mencionados deberá ser concordante.
Art. 5º.
Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias que de acuerdo a los Arts. 87 y88 del Decreto N° 8.279/12 deban efectuar retenciones, utilizarán el Formulario N° 111, “RETENCIONES IMPUESTO A LA RENTA OCASIONAL”, Obligación N° 152, salvo que el contribuyente sea un agente de retención habitual, en cuyo caso deberá utilizar el formulario N° 109 “RETENCIÓN IMPUESTO A LA RENTA MENSUAL”.
Art. 6º.
Dejar sin efecto la presentación del Formulario N° 153 “IMPUESTO A LASACTIVIDADES AGROPECUARIAS-PATRIMONIO ANUAL”, cuyas informaciones pertinentes se encuentran incluidas en los formularios aprobados en la presente Resolución.
Resolución de Actualización N° 89
“POR LA CUAL SE INDICAN LOS PRECIOS PROMEDIOS DE PRODUCTOS PARA LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS –RÉGIMEN PRESUNTO– CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012, SE SUSPENDE LAACTUALIZACIÓN DEL MONTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY N° 2.421/04 Y SE ESTABLECE MECANISMO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA COTIZACIÓN DE MONEDAS EXTRANJERAS”
Art. 1°.
Precios promedios. Los contribuyentes del impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias (IMAGRO) que liquiden el impuesto bajo la modalidad de régimen presunto deberán utilizar para el ejercicio fiscal...
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