importacion definitiva
Son las normas que se deben cumplir para que Aduanas autorice el ingreso de bienes al país.
Importación DefinitivaEs el Régimen mediante el cual ADUANAS autoriza el ingreso legal de las mercancías provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo en el país.Identificación del Importador, Dueño o ConsignatarioEl importador, dueño o consignatariorequiere contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para la importación de mercancías.Los sujetos no obligados a inscribirse en el RUC pueden solicitar la destinación aduanera al régimen de importación utilizando su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de peruanos, o Carné de Extranjería, Pasaporte o Salvoconducto tratándose de extranjeros; considerándose entre éstos:
Laspersonas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías cuyo valor FOB exceda los un mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 1000,00) y siempre que no supere los tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3000,00).
Los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero, que en el ejercicio de sus funciones, importen sus vehículos y menaje decasa.
Plazos para destinar las mercancías
Dentro de los treinta (30) días hábiles computados a partir del día siguiente al término de la descarga, excepto en los despachos anticipados y urgentes.
Dentro del plazo concedido a las mercancías sometidas a los regímenes de Depósito de Aduana, Importación Temporal y Admisión Temporal.
Hasta antes del remate o adjudicación, tratándose demercancías en situación de abandono legal.
Dentro del plazo concedido a las mercancías ingresadas a CETICOS y ZOFRATACNA.
Mercancías de importación prohibida y/o restringidaSe puede importar todo tipo de mercancías, con excepción de aquéllas que se encuentren prohibidas, cuya relación referencial se encuentra en el portal de la SUNAT en Internet www.sunat.gob.pe)/ORIENTACIÓN ADUANERA/CLASIFICACIÓNARANCELARIA/Relación de Productos de Importación Prohibida y se regula por el procedimiento INTA-PE.00.06.Las mercancías restringidas pueden ser objeto de importación, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad legal específica para su internamiento al país. La relación referencial de mercancías restringidas puede ser consultada en el portal de la SUNAT en Internet (www.sunat.gob.pe)/ARANCELES Y VALORES EN ADUANA/ ARANCEL INTEGRADO/Mercancías Restringidas y se regula por el procedimiento INTA-PE.00.06.Requisitos que deben cumplir las mercancías amparadas en una DUA
Corresponder a un solo consignatario.
Encontrarse depositadas en un terminal de almacenamiento o depósito aduanero autorizado, salvo los casos de mercancías que se acojan al sistema anticipadode despacho aduanero y aquellas que por su naturaleza o por circunstancias excepcionales no puedan ingresar a un almacén aduanero.
Estar declaradas en un solo manifiesto de carga.
Corresponder a un conocimiento de embarque, guía aérea o carta porte. Tratándose de transporte terrestre, cuando la mercancía sea ingresada directamente por sus propietarios, puede aceptarse una declaración juradaen reemplazo de la carta porte.
Valoración de mercancíasEl valor en aduana de las mercancías destinadas al régimen de Importación Definitiva se verifica y determina de conformidad con las normas del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por Resolución Legislativa Nº 26407; el Reglamento para la Valoración de Mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC,aprobado por el Decreto Supremo Nº 186-99-EF y modificatorias; también se aplican los demás procedimientos, instructivos y circulares, así como las Decisiones del Comité de Valoración Aduanera (OMC) y los instrumentos del Comité Técnico de Valoración en Aduana (Bruselas).Tributos
La importación de mercancías esta gravada con los siguientes tributos:
Ad Valorem (según partida arancelaria)
Derechos...
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