Impresoras Fiscales En Panamá
El martes 27 de septiembre fue promulgada, mediante G.O 26880-B de 2011, la Ley 72 que reforma, entre otras, la Ley 76de 1976, en lo concerniente a los artículos 11 y 12 que tratan sobre la obligación de facturar o documentar las ventas y prestación de servicios, así como la obligación de adopción de equiposfiscales.
Los equipos fiscales son todos los equipos autorizados por la Dirección General de Ingresos que procesa, registra, emite y almacena electrónicamente comprobantes fiscales y documentos no fiscalesgenerados como consecuencia de las ventas de bienes y prestación de servicios.
Las facturas emitidas por los equipos fiscales tendrán la misma validez legal para efectos de sustentar lascomprobaciones de costos y gastos deducibles de que trata el artículo 697 del Código Fiscal.
En la resolución de la Dirección General de Ingresos 201-10361 establece un cronograma de implementación de impresorasy caja registradoras fiscales en la República de Panamá.
La Ley 72, establece obligatoriedad de expedir factura o documento equivalente a las personas residentes en el territorio panameño,cualquiera sea la forma en que se perfeccione la transferencia, venta de bienes o prestación de servicios, la forma de pago o nacionalidad de las partes. Dentro de las modificaciones relevantes con respecto alos requerimientos de facturas, podemos notar los siguientes: La numeración consecutiva y única será por punto de facturación Logotipo Fiscal (No se contempló en la Ley 8 de 2010, pero sí en elDecreto Ejecutivo 53 de 2010).
Las cuantías de las sanciones se mantienen de B/.1,000.00 a B/.5,000.00 la primera vez y de B/.5,000.00 a B/.15,000.00 en caso de reincidencia. Además la Dirección...
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