impuesos
PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO
INTERNACIONAL Y MEDIDAS DE SALVAGUARDA
• CAPITULO I
DISPOSICIONES COMUNES A LOS PROCEDIMIENTOS
Art 49
• Deinvestigación. Se iniciarán de oficio o a solicitud de parte, conforme a lo establecido en el artículo siguiente.
• Se integrará un expediente administrativo, conforme al cual se expedirán las resolucionesque correspondan.
Art 50.
• El procedimiento de investigación pueden ser presentadas por personas físicas o morales. Deberán ser representativos de la producción nacional ó ser organizacioneslegalmente constituidas.
• Manifestar por escrito los argumentos que fundamenten la necesidad de aplicar cuotas compensatorias y acompañar su escrito los formularios que para tal efecto establezca lasecretaría.
• Art. 51 Parte interesada
• A los productores solicitantes, importadores yexportadores de la mercancía objeto deinvestigación, así como a las personas moralesextranjeras que tengan uninterés directo en lainvestigación de que se trate y aquéllas quetengan tal carácter en los tratados o convenioscomerciales internacionales
• Art 52 La Secretaría
En un plazo de 30 días contados apartir de la presentación de la solicitud, la Secretaría deberá:
• Aceptar la solicitud y declarar el inicio de la investigación,
• Requerir al solicitante mayores elementos de prueba dentro deun plazo de 20 días.
• Si no se proporcionan en tiempo y forma los elementos requeridos, se tendrá por abandonada la solicitud
• Desechar la solicitud cuando no se cumpla con los requisitos ynotificar personalmente al solicitante
• Art. 53 Notificación a laspartes
• Al día siguiente de que se publique laresolución de investigación la
• S
• ecretaría deberánotificar a las partesinteresadas para quecomparezcan, se les concederá un plazo de 30días a partir de la publicación, para queformulen su defensa y presenten la informaciónrequerida.
•
• S
• e enviará copia de la solicitud...
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