Impuesto Adicionales Al Iva
:
i:::ii
,::,,
IMPUESÍO ESPECIALES A LAS VENTAS Y SERVICIOS
IMPUESTO ESPECIALES A LAS VENTAS Y SERVICIOS SE ESTABLECEN EN LOS ARTÍCULOS:
Los
impuestos espec¡ales,adicionales
o
específicos están
comprendidos en el Título lll del D.L. A2il1974.
Ellos g.avan la venta de determ,nados producros o artículos. en carácter de adicionatesiriio'que significa, quese aplican conjuntamente con el impuesto al Valor Agregado del Título ll del
D 1.825t1974.
o importación, sea esta ú tlma habrtual o 10, oe las especies qJe se rencionan. Art.40: Grava losartÍculos indicados en las leiras a), b) y c) del art culo 37, por las ventas que se efectúen con posterioridad a la primeta venta. Art.42: Grava las bebidas alcohólicas, analcohólicas y productos similares.Art. 43 Bis: Grava la importación, sea habiiual o no, de vehículos, de
Art. 37: Grava a la primera venta
conjuntos de partes o piezas necesarias para su armaduría o ensamble en el paÍssemiterminados, cuyo destino normal sea el transporte de pasajeros o de carga, con una capacidad de carga útil
de hasta 2.000 kilos.
iii;.
-¿'
IMPUESTOS ESPECIALES A
US VENTAS
Y SERVICIOSIMPUESTOS ESPECIALESA US VENTAS YSERVICIOS
. . . . .
ARTICULO 37 D,1,825 Primera venta o importación Habitual o no Pagaran impuesto con tasa del 15% Los siguientes artículos:
e) AlfoniL!as fin¿s,tapi.es ffnos y cualquieroho aftj.ulo de simil¿r natural€za; califlc¿dos coño tales porel Snicio de lñpue*os Intemosl
a) Articulos de oro, platino y malfil; b) Joyas, piedras preciosas natuEles osintéticas. Concepto
art. 58
¡eglamentocr Pieles finar. califit¿dac como t¿les porel Ser\i(io de lmpueqto§ llte no5. m¿nufa(lurad¿s o no; tCircul¿r lil88r. Alpa(¿. ¿rm;ño, ¿stral(án, piel o DaLiLasde astralan. breitschwans o Diel de crias de a(tr al.án, casrot lhrnt hilla, eato mortés o tiqrillo, gü¿llaco, Ieop¿rdo, lobo§ de ttlto y dos pelot y popiros (cri¿s de lob-os;, márta. nutr ia,...
Regístrate para leer el documento completo.