IMPUESTO CONSUMO
LOS GENERA IMPUESTO AL CONSUMO ESTOS
TARIFA DEL 8% (IMPUESTO AL CONSUMO)
TARIFA DEL 16% (IMPUESTO AL CONSUMO)
87.03
Los vehículos automóviles de tipo familiar, loscamperos y las pick-up, cuyo Valor FOB o el equivalente del valor FOB, sea igualo superior a USO $30.000, con sus accesorios.
87.04
Pick-up cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, seaigualo superior a USO $30.000, con sus accesorios.
88.01
Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves no propulsados con motor de uso privado.
88.02
Las demásaeronaves (por ejemplo: helicópteros, aviones); vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, de uso privado.
VEHÍCULOS QUE NO CAUSANEL IMPUESTO. ESTÁN EXCLUIDOS DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO LOS SIGUIENTES
Vehículos automóviles, con motor de cualquier clase:
1. los taxis automóviles e igualmente los vehículos deservicio público clasificables por la partida arancelaria 87.03.
2. los vehículos para el transporte de diez personas o más, incluido el conductor, de la partida arancelaria 87.02.
3. losvehículos para el transporte de mercancía de la partida arancelaria 87.04.
4. los coches ambulancias, celulares y mortuorios, clasificables en la partida arancelaria 87.03.
5. los motocarros detres ruedas para el transporte de carga o personas o cuando sean destinados como taxis, con' capacidad máxima de 1.700 libras y que operen únicamente en los municipios que autorice el ministeriode Transporte de acuerdo con el reglamento que expida para tal fin.
6. los aerodinos de enseñanza hasta de dos plazas y los de servicio público.
7. las motos y motocicletas con motor hastade 250 C.c.
8. Vehículos eléctricos no blindados de las partidas 87.02, 87.03 Y 87.04.
9. las barcas de remo y canoas para uso de la pesca artesanal clasificables en la partida 89.03.
Regístrate para leer el documento completo.