Impuesto Renta
Mediante Decreto Ejecutivo No. 732 del 11 de abril del 2011, el Presidente de la República dictó varias reformas a los Reglamentos para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, Impuesto a la Salida de Divisas e Impuesto a las Tierras Rurales. Lasmodificaciones tienen por objeto adecuar el marco normativo tributario a los nuevos preceptos del reciente Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión.
Entre las más importantes reformas debemos señalar las siguientes:
Régimen del Impuesto a la Renta
* El porcentaje de retención en la fuente de Impuesto a la Renta para las utilidades o dividendos distribuidos por sociedadesnacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de sociedades domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, es equivalente a la diferencia entre la tarifa máxima de Impuesto a la Renta para personas naturales y la tarifa general de Impuesto a la Renta para sociedades.
* De acuerdo con el nuevo Reglamento, la exoneración en el pago del Impuesto a la Renta durantelos cinco primeros años, incluye a las sociedades nuevas que fueren constituidas por sociedades ya existentes, con el objeto de invertir en los sectores considerados estratégicos de la economía y fuera de los cantones de Quito y Guayaquil.
Para gozar de este tipo de exoneración, el Reglamento establece los siguientes requisitos adicionales: que la totalidad de la inversión realizada sea nueva,salvo que la inversión comprenda terrenos; que parte de la inversión no corresponda a bienes de propiedad de partes relacionadas; y que la nueva sociedad presente al Servicio de Rentas Internas varios documentos relativos a su operación.
* En caso de que una sociedad que se encuentre gozando del beneficio de exoneración del Impuesto a la Renta, pague o acredite dividendos a favor de accionistasdomiciliados en paraísos fiscales, deberá efectuar una retención en la fuente de Impuesto a la Renta correspondiente a un 35%.
* Los pagos de intereses de créditos externos concedidas por instituciones financieras del exterior, no se encuentran sujetas a retención en la fuente de Impuesto a la Renta, siempre y cuando la tasa de interés no exceda la tasa máxima fijada por el Banco Central. Encaso de exceder este límite, se deberá retener sobre el exceso a efectos de que dicho pago sea deducible.
* Para el caso de inversiones nuevas en zonas económicamente deprimidas y de frontera, la deducibilidad adicional sobre los sueldos y salarios pagados a los trabajadores residentes en dichas zonas, se extiende a un periodo de cinco años. Se consideran como residentes a los trabajadores quehayan vivido en estas zonas durante un periodo no menor a dos años, anteriores a la constitución de la nueva inversión.
* Las medianas empresas podrán deducirse un 100% adicional de los gastos que correspondan a los siguientes conceptos: capacitación técnica dirigida a investigación que mejore la productividad; asistencia técnica para el desarrollo de productos, diseño de procesos, empaques,software especializado; y, gastos de viaje y promoción comercial para acceder a mercados internacionales.
Gastos en la mejora de la productividad a través de las siguientes actividades: asistencia técnica en el desarrollo de productos, mediante estudios y análisis de mercado y competitividad; asistencia tecnológica a través de contrataciones de servicios profesionales para diseño de procesos,productos, adaptación e implementación de procesos, de diseño de empaques, de desarrollo de software especializado y otros servicios de desarrollo empresarial, dentro de los límites señalados en la Ley de Régimen Tributario Interno. Y otros servicios de desarrollo empresarial.
Gastos de viaje, estadía y promoción comercial para el acceso a los mercados internacionales, tales como ruedas de...
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