IMPUESTO A LA HERENCIA LEY NOTARIAL
UNIVERSIDAD LAICA ELOY ALFARO DE MANABÍ
MATERÍA:
LEY NOTARIAL Y DE REGISTRO
DOCENTE:
DR. STALIN LUCAS
CURSO:
QUINTO – 5 “A”
TEMA:
CRITERIO JURÍDICO “CONSTITUCIONAL” DEL CÓDIGO CIVIL, LEYNOTARIAL Y EL DERECHO TRIBUTARIO SOBRE EL IMPUESTO A LA HERENCIA QUE PROPONE EL GOBIERNO
ESTUDIANTE:
ANDRÉS ALBERTO PAREDES INTRIAGO
IMPUESTO A LA HERENCIA
LEYES Y NORMAS:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DELA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Régimen tributarlo
Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad,equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos.
La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes yservicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.
Art. 301.- Sólo por iniciativa de la Función Ejecutiva y mediante ley sancionada por la Asamblea Nacional se podrá establecer,modificar, exonerar o extinguir impuestos. Sólo por acto normativo de órgano competente se podrán establecer, modificar, exonerar y extinguir tasas y contribuciones. Las tasas y contribucionesespeciales se crearán y regularán de acuerdo con la ley.
CÓDIGO CIVIL ECUATORIANO:
Art. 993.- Se sucede a una persona difunta a título universal o a título singular.El título es universal cuando se sucede al difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles, o en una cuota de ellos, como la mitad, tercio o quinto.El título es singular cuando se sucede en una o más especies o cuerpos ciertos, como tal caballo, tal casa; o en una o más especies indeterminadas de cierto género, como un caballo, tres vacas, seiscientos dólares de Estados Unidos de América, cuarenta quintales de trigo.Art.996.-Las asignaciones a título universal se llaman herencias, y las asignaciones a título singular legados. El asignatario de herencia se llama heredero, y el asignatario de legado, legatario....
Regístrate para leer el documento completo.