Impuestos especiales
Son sujetos pasivos del ICE:
1. Las personas naturales y sociedades, fabricantes de bienes gravados con este impuesto; y,
2. Quienes realicen importaciones de bienes gravados por este impuesto.
ART. 83.- DECLARACIÓN DEL IMPUESTO.-
Los sujetos pasivos del ICE presentarán mensualmente una declaración por las operaciones gravadas con el impuesto, realizadasdentro del mes calendario inmediato anterior, en la forma y fechas que se establezcan en el reglamento.
Art. 84.- Liquidación del impuesto.- Los sujetos pasivos del ICE efectuarán la correspondiente liquidación del impuesto sobre el valor total de las operaciones gravadas.
Art. 85.- Pago del impuesto.- El impuesto liquidado deberá ser pagado en los mismos plazos previstos para la presentaciónde la declaración.
Art. 86.- Declaración, liquidación y pago del ICE para mercaderías importadas.- En el caso de importaciones, la liquidación del ICE se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.
Art. 87.- Control.- Facúltase al Servicio de Rentas Internas para que establezca losmecanismos de control que sean indispensables para el cabal cumplimiento de las obligaciones tributarias en relación con el impuesto a los consumos especiales.
Art. 88.- Clausura.- Los sujetos pasivos del ICE que se encuentren en mora de declaración y pago del impuesto por más de tres meses serán sancionados con la clausura del establecimiento o establecimientos de su propiedad, previa notificación legal,conforme a lo establecido en el Código Tributario, requiriéndoles el pago de lo adeudado dentro de treinta días, bajo prevención de clausura, la que se mantendrá hasta que los valores adeudados sean pagados. Para su efectividad el Director General del Servicio de Rentas Internas dispondrá que las autoridades policiales ejecuten la clausura.
Art. 89.- Destino del impuesto.- El producto delimpuesto a los consumos especiales se depositará en la respectiva cuenta del Servicio de Rentas Internas que, para el efecto, se abrirá en el Banco Central del Ecuador. Luego de efectuados los respectivos registros contables, los valores pertinentes serán transferidos, en el plazo máximo de 24 horas a la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional, para su distribución a los respectivos partícipes.
Elproducto del impuesto a los consumos especiales que grava a los servicios de telecomunicaciones y radioelectrónicos se distribuirá de la siguiente forma:
a) Las dos terceras partes a favor de las empresas o entidades seccionales que tenga a su cargo la prestación de servicios de agua potable, destinándose este valor exclusivamente a proyectos de agua potable para todos los cantones de laRepública; y,
b) La tercera parte se depositará en la cuenta "Para el Fomento y Desarrollo del Deporte Nacional", que el Consejo Nacional de Deportes mantiene en el Banco Central del Ecuador, para ser distribuido a las entidades deportivas conforme lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley No. 97, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 352 de 2 de julio de 1998.
IMPUESTO A LOSVEHICULOS
Art. 1. - Objeto del Impuesto. - Establécese el impuesto anual sobre la propiedad de los vehículos motorizados, destinados al transporte terrestre de personas o carga, tanto de uso particular como de servicio público.
Art. 2. - Sujeto activo. - El sujeto activo de este impuesto es el Estado Ecuatoriano y lo administra a través del Servicio de Rentas Internas.
Art. 3. - Sujetopasivo. - Son sujetos pasivos de este impuesto los propietarios de los vehículos a los que se refiere el artículo 1 de esta Ley.
Art. 4 - Base imponible. - La base imponible del tributo, será el avalúo de los vehículos que consten en la base de datos elaborada por el Servicio de Rentas Internas.
Para la determinación del avalúo de los vehículos se tomará en cuenta la información que sobre...
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