impuestos general a las ventas

Páginas: 6 (1464 palabras) Publicado: 8 de mayo de 2013
Sunat deberá devolver el IGV cobrado a los exportadores mineros
El ente recaudador cobró el impuesto entre los años 2002 y 2012 debido a que empresas recibieron adelantos de pago
Desde el 2002 hasta mediados del año pasado, la Sunat gravó con el Impuesto General a las Ventas (IGV) las exportaciones realizadas por varias empresas mineras y agroindustriales que, por encontrarse en una apretadasituación económica, pactaron adelantos de pagos con sus clientes en el exterior.
Alfredo Gastañeta, socio del estudio Aurelio García-Sayán Abogados, opinó que el Estado está obligado a devolver todo lo que indebidamente recaudó en dicho lapso, pues las exportaciones están libres del IGV. “Se trata de un grupo importante de contribuyentes que está impugnando estas acotaciones basados en que losbienes salieron del país exportados por ellos y no por terceros”, comentó a este Diario.

SOLUCIÓN LEGAL
La situación se aclaró en julio del año pasado, cuando el Poder Ejecutivoemitió el Decreto Legislativo 1119, el cual define como exportación la venta de bienes muebles a favor de un no domiciliado en el Perú, independientemente de que la transferencia de propiedad ocurra cuando el bien aúnestá dentro del país.Ello, siempre que los bienes salgan del Perú dentro de los 60 días posteriores a la emisión de la facturacorrespondiente. 
“A partir de la fecha de publicación de la norma, el adelanto de precio [pago] se considera como exportación, antes no”, precisó Arias Minaya. “De acuerdo con la ley, las empresas pueden impugnar las acotaciones de la Sunat en la vía administrativa dentro deun plazo determinado sin pagar el tributo acotado. Si ganan desaparece la contingencia, pero si pagaron y ganan el proceso, es obligación del Estado restituir el importe indebidamente recaudado”, aclaró Gastañeta.
Entonces, si en el futuro los precios de los minerales y metales caen y las empresas mineras deben volver a endeudarse con sus clientes en el exterior, la rectificación efectuada por elD.L. 1119 ofrece la tranquilidad de que “si el producto es embarcado dentro de los 60 días de emitida la factura, se reconocerá a la operación como una exportación y no caerá sobre los exportadores la espada de Damocles de una eventual acotación del IGV que, en la práctica, se convierte en un impuesto ciego”, consideró el especialista.
Recuperado dehttp://elcomercio.pe/economia/1536799/noticia-sunat-debera-devolver-igv-cobrado-exportadores-mineros_1

La Sunat establece detracción de 4% a primera venta de inmuebles gravada con IGV
Jueves, 24 de enero del 2013
La entidad indicó que el objetivo de esta medida es promover la formalización del sector construcción, actividad en la que existe una brecha de evasión y morosidad superior a los S/. 500 millones anuales.
Lima (Andina).- LaSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó una resolución que establece la aplicación del sistema de detracciones a la primera venta de inmuebles, con una tasa de 4%, considerando que esta transacción está gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV).
Precisó que el objetivo es promover la formalización del sector construcción, actividad en la queexiste una brecha de evasión y morosidad que supera los 500 millones de nuevos soles anuales.
Señaló que ha detectado que cuando se realiza la venta de un inmueble, los compradores suelen quedar satisfechos solo con la firma del contrato de compraventa y la inscripción de la propiedad en Registros Públicos.
Indicó que esta situación es aprovechada por algunas empresas constructoras e inmobiliariaspara evitar el registro contable de la operación y no emitir el comprobante de pago.
La Sunat ha evaluado este comportamiento tributario vinculado a la declaración del IGV en la primera venta de inmuebles que realizan las constructoras durante sus campañas de formalización y control, detectando que la evasión supera los 215 millones soles por año.
Asimismo, se ha verificado la existencia de...
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