Impuestos nacionales
SUSTITUYÓ EL IMPUESTO DE CICULACIÓN Y TRANSITO (MUNICIPAL) Y TIMBRE NACIONAL (DEPARTAMENTAL)
TARIFA: ES DEFINIDO ANUALMENTE POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTE, EN EL SE ESTABLECE UNA SERIE DE TARIFAS DIFERENCIALES SEGÚN SU VALOR COMERCIAL.
FECHA LÍMITE DE PAGO: SE EMPIEZAN A VENCER NORMALMENTE EN MAYO DEL MISMOAÑO AL QUE CORRESPONDE EL IMPUESTO (CADA DEPARTAMENTO ES AUTÓNOMO EN FIJAR ESOS PLAZOS).
HECHO GENERADOR: CONSTITUYE HECHO GENERADOR DEL IMPUESTO, LA PROPIEDAD O POSESIÓN DE LOS VEHÍCULOS GRAVADOS.
BASE GRAVABLE: VALOR COMERCIAL DEL VEHÍCULO
SUJETO PASIVO: PROPIETARIO O POSEEDOR DEL VEHÍCULO.
NO GRAVADOS-LEY 488 DE 1998 ART 141
* Las bicicletas, motonetas, y motocicletas con motorhasta de 125 c.c. de cilindrada;
* Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola;
* Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas;
* Vehículos y maquinaria de uso industrial que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público oprivadas abiertas al público;
* Los vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.
OTRAS OBSERVACIONES
* En el evento que un vehículo entre en circulación o se matricule por primera vez en Bogotá debe pagar el impuesto sobre vehículos en forma proporcional al número de meses o fracción de mes que reste del año.
* RECUERDE: En caso de hurto, decomiso, pérdida total,desaparición, chatarrización etc, del vehículo, la obligación tributaria persiste hasta cuando se haya CANCELADO LA MATRICULA del mismo ante la Secretaría de Tránsito de Bogotá
* El impuesto sobre vehículos automotores debe presentarse CON LA CONSTANCIA DE PAGO, de lo contario se entenderá como no presentada.
* Para saber ante qué departamento se deberá presentar la respectiva declaraciónprivada del impuesto, se debe tomar en cuenta el municipio en donde está matriculado el vehículo (ver artículo 146 Ley 488/98).
* Junto al impuesto de vehículos se pagan los derechos de semaforización que para la vigencia 2011 son $36.000
* Las motos con cilindraje has 125 c.c. no declara y no pagan impuesto sobre vehículos pero deben cancelar derecho de semaforización.
En su aplicaciónpara el año 2011, los vehículos con avalúo hasta de $36.810.000 pagarán un 1,5%. Los que tengan un avalúo entre $36.810.001 y $82.822.000 pagarán un 2,5%. Y los que excedan los $82.822.000 pagarán un 3,5%. La Sanción mínima para quien no presente oportunamente su declaración será de $251.000.
Entre los meses de Noviembre y Diciembre de 2010, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Haciendaexpidieron las normas básicas a partir de las cuales se podrá efectuar durante el año fiscal 2011 la liquidación del impuesto departamental de vehículos.
Dicho impuesto, que recae sobre los propietarios de motocicletas y motocarros superiores a los 125 centímetros cúbicos y sobre los propietarios de todo tipo de vehículos (tanto de servicio público como particular, de pasajeros o de carga, peroexceptuando a los expresamente mencionados en el artículo 141 de la Ley 488 de 1.998) tiene su regulación principal en las normas de los artículos 138 a 148, y artículos 150 y 151 , de la Ley 488 de diciembre de 1.998. Igualmente le aplican las disposiciones contenidas en el artículos 85 y 90 de la Ley 633 de Diciembre de 2000.
Dos Resoluciones según los tipos de vehículos
En consecuencia, ensu aplicación para el año fiscal 2011, y sin importar el departamento ante el cual se liquidará el impuesto, quienes deben liquidar el impuesto departamental de vehículos tendrán que consultar las resoluciones 05255 y 05256 expedidas en Noviembre 30 de 2010 por parte del Ministerio de Transito y Transporte.
En la primera, y a través de las tablas anexas que la acompañan, se fijan las bases...
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