Impuestos
Artículo 120
SUJETO
Están obligadas al pago de este impuesto las personas físicas o jurídicas colectivas
OBJETO
Que se anuncienen bienes del dominio público o privado, mediante anuncios publicitarios susceptibles de ser observados desde la vía pública o lugares de uso común, así como la distribución de publicidad impresa enla vía pública, que anuncien o promuevan la venta de bienes o servicios. Lo anterior, observando las disposiciones aplicables en la materia, incluyendo las emitidas por la autoridad municipal de quese trate.
Artículo 121
EPOCA DE PAGO
Este impuesto, se pagará bimestralmente dentro de los cinco días siguientes al bimestre en que se causó, cuando se efectúe la publicidad, de acuerdocon la siguiente:
BASE Y TARIFA
CONCEPTO
TARIFA:
Número de Salarios Mínimos Generales Diarios del Área Geográfica que corresponda
I. Anuncios adosados, pintados, murales,volados, marquesinas, por m2 o fracción.
II. Estructurales sin iluminación exterior o interior, mobiliario urbano, auto soportados por m2 o fracción.
III. Luminosos, de neón, electrónicos, deproyección
óptica, computarizados y los que pudieran ser explotados de forma mixta, por m2 o fracción.
IV. Objetos inflables, botargas, pancarteros y carpas publicitarias por día o fracción.V. Anuncios colgantes:
A). Lonas y mantas, por m2 o fracción, por día.
B). Gallardetes o pendones por cada cien unidades o fracción.
VI. Distribución de volantes, folletosy muestras gratuitas de productos, degustaciones, sonorización y perifoneo, por día.
Tratándose de las personas físicas y jurídica colectivas que de manera eventual realicen esta actividad,deberán cumplir con la obligación de pago por el número de días en que se llevó a cabo la publicidad, conforme a la tarifa de este artículo, para lo cual, en caso de que no se señale una cuota diaria,...
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